La Comisión Especial que da seguimiento a las solicitudes de amnistía en el Estado de México acordó abrir un micrositio en la página web del Congreso local para facilitar la presentación de casos especiales, el seguimiento, evitar traslados y acatar las medidas sanitarias para evitar contagios de covid-19.
En la comisión, presidida por el diputado Gerardo Ulloa Pérez, se puntualizó que se va a cuidar toda la parte jurídica, los datos personales, la información sensible y la legalidad en los casos que revisará la Legislatura por su carácter de “especial” para que presos políticos, falsos culpables y otros puedan recuperar su libertad.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) informó al Congreso que tiene 27 expedientes de personas privadas de su libertad que han impulsado los colectivos, en especial el de Zeferino Ladrillero, que eventualmente el organismo podría estar recomendando.
El acuerdo es reunirse después de la Semana Santa para continuar con los trabajos y lograr que durante abril pueda arrancar el micro sitio y con ello las personas privadas de la libertad puedan pedir se revisen sus casos, acorde con la ley aprobada por la Legislatura mexiquense.
El área de Comunicación Social ya tiene una primera versión de ese sitio que se va a perfeccionar cuidando los límites legales, por lo cual estuvo presente en la reunión el titular de Asuntos Parlamentarios para emitir los lineamientos y no vulnere el derecho de nadie.
También van a difundir la ley y cuáles son los casos especiales para que no se generen falsas expectativas ni sean casos que deben ir directamente al Poder Judicial del Estado de México donde la Cámara se convertiría prácticamente en Oficialía de Partes.
Las atribuciones de la comisión están bien delimitadas. Van a recibir las peticiones, signadas por algún organismo de derechos humanos. Cada caso debe ser revisado de manera particular y emitirse un dictamen que enviarán al PJEM para la última determinación.
¿Cuándo se puede solicitar la amnistía?
La ley establece que son susceptibles de amnistía las personas privadas de su libertad, independientemente del delito del cual se trate, cuando cuenten con alguna resolución, pronunciamiento o recomendación de organismos internacionales cuya competencia esté reconocida por el Estado Mexicano, algún organismo nacional o local de derechos humanos, donde se desprendan violaciones a derechos humanos y, o al debido proceso, en la que se proponga su libertad.
La comisión está facultada para dar seguimiento a los casos relevantes, promovidos por organismos de derechos humanos por encuadrar en supuestos de violación, de derechos o fallas en la aplicación de alguno de los principios penales del sistema acusatorio o la plena presunción de fabricación de delitos. Los no especiales son presentados de manera directa al Poder Judicial mexiquense.
MMCF