Los diputados en sesión del Congreso Local, aprobaron por unanimidad reformas al tercer párrafo el artículo 85 bis y el 86 del Código Penal del Estado, con la intención de sancionar con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia cuando la persona cometa homicidio en estado de ebriedad y que se aumente la sanción en el caso de que el delito sea causado por el transporte público.
Las reformas en artículo 85 bis contemplan que se sancionará con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia. En el caso de homicidio culposo, en que se actualice lo enunciado en la fracción I del presente artículo, procederá siempre la cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia. En los demás casos la duración de la suspensión podrá ser de uno a 10 años.
Mientras que el artículo 86 señala que cuando se cause homicidio por actos u omisiones culposos de quien realiza un servicio público de transporte, la sanción será de seis a 15 años de prisión e inhabilitación de seis a 10 años para transportar pasajeros.
En la discusión, la diputada Lupia Muciño señaló que Puebla capital está en el noveno lugar y como estado está entre las diez entidades que forman la parte centro-occidente del país donde más alcohol se consume provocando que los accidentes automovilísticos sean la segunda causa de orfandad y 6 de cada 10 incidentes automovilísticos estén ligados con personas bajo la ingesta de algún licor.
El diputado Miguel Trujillo de Ita, refirió que alrededor de 320 mil jóvenes de entre 15 y 29 años de edad mueren por causas relacionadas con el consumo de alcohol, esto de acuerdo a la Secretaría de Salud Estatal de Puebla.
Los estados donde más se consume alcohol son, Aguascalientes, Zacatecas, Nayarit, Michoacán, Jalisco, Ciudad de México, Hidalgo, Tlaxcala, Morelos, Puebla y Querétaro.
AFM