Comisiones Unidas del Congreso Local aprueba Ley Agnes

Se analizará ante el Pleno la semana entrante.

Sesión Virtual; Comisiones Unidas. (Especial)
Elvia García
Puebla /

Con 7 votos a favor, 3 abstenciones y 0 en contra, se aprobó en Comisiones el dictamen de iniciativa de Ley Agnes, y con ello pasará al pleno la semana entrante.

Lo anterior, durante las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Procuración y Administración de Justicia.

Con esta aprobación las reformas permitirán el reconocimiento legal del cambio de identidad sexogenérico de una persona en el estado de Puebla.

Por lo que dicha solicitud de cambio de género en el acta de nacimiento oficial podrá ser realizado sin ningún tipo de condicionamiento o comprobación de haberse sometido a un procedimiento quirúrgico, incluso sin tener que presentarse ante el Registro Civil, con la vestimenta del género que se asume al momento de solicitad el documento oficial, que aplica en nombre más no apellidos.

El proyecto fue presentado por las diputadas Vianey García Romero y Estefanía Rodríguez Sandoval, esta última pidió la adecuación para que la expedición de actas de nacimiento se diera de forma gratuita.

Mientras, la diputada García Olmedo pidió analizar varios artículos que plantean modificaciones de procedimiento, ya que, de ser aprobados, el Congreso Local, estaría incurriendo en un tema de inconstitucionalidad dando paso a una “simulación legislativa”.

Además, dijo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desde el 2017 dispuso que los Congresos de todas las entidades federativas carecen de facultades para legislar sobre procedimiento, sin embargo, esta advertencia fue pasada por alto por el resto de sus iguales, que determinaron dar su voto a favor.

Señaló también que la expedición de una nueva acta de nacimiento avalada por el Registro Civil no representa que las personas o ciudadanos queden exentos de situaciones legales previas, de ahí que los procesos anteriores seguirán vigentes en temas relacionados con actos penales o administrativo que lo involucren.

Entre los artículos que señala el dictamen son: artículo 291 se pretende establecer que los integrantes de la familia tienen derecho a que los demás miembros “respeten su integridad física y psíquica, así como su orientación sexual y, en su caso, su identidad de género autopercibida, de manera que no se afecten su sano desarrollo individual ni su plena incorporación al núcleo social”.

Para el 875 Bis señalaría que “cualquier persona puede pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de su identidad de género autopercibida”.

AFM

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