Congreso de Puebla aprueba Ley para la Declaratoria Especial de Ausencia por Desaparición de Personas

Los diputados avalaron por unanimidad regular el procedimiento para que las autoridades decreten la declaración de ausencia por desaparición de personas.

Congreso de Puebla | Agencia Es Imagen
Jose Alberto Pérez
Puebla /

En Sesión Extraordinaria El Congreso local aprobó la Ley para la Declaratoria Especial de Ausencia por Desaparición de Personas, así como otras leyes de gran importancia como la de Amnistía y también la Alternancia de género.

Durante la Sesión Extraordinaria de este viernes, los diputados avalaron por unanimidad regular el procedimiento para que las autoridades decreten la declaración de ausencia por desaparición de personas, esta puede solicitarse por algún familiar de manera escrita o en una audiencia con un juez estatal.

En este sentido, después de tres meses de la desaparición de una persona, sus familiares o representante legal puede solicitar esta declaratoria y será un comité integrado por un representante de la Fiscalía General del Estado y el propio gobierno local para decretar la ausencia de las personas.

Con esta ley se busca dar certeza jurídica a los familiares y también mantener la perspectiva de derechos humanos del sujeto extraviado y esta situación se busca de diferentes maneras, como lo puede ser fijar los derechos de custodia de los hijos o hijas de estas personas, así como proteger los bienes de los menores de edad.

En su participación, la diputada Mónica Silva, quien impulsó este dictamen explicó que es una deuda que se tenía desde la administración pública con las familias de estas personas.

La aprobación de esta ley coincidió con la conmemoración del Día Internacional de Desapariciones Forzadas, además de que se cumplen este día seis años de la creación del colectivo Voz de los Desaparecidos.

También se avaló la Ley de Amnistía y Alternancia de Género

También por unanimidad fue aprobada la Ley de Amnistía, misma que se impulsó desde el gobierno del estado y con la que se pretende absolver a las personas de grupos vulnerables de sus delitos de bajo impacto, mientras que no sean reincidentes.

Por otra parte, se adicionaron párrafos al artículo 71 de la constitución para que a partir de 2036 haya alternancia de género en el poder Ejecutivo estatal, es decir que si en 2030 es electo un hombre, por ley el siguiente periodo deberá ser una mujer la que se candidatee a esta posición.

AAC

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