Con 25 votos a favor los diputados locales aprobaron la minuta de reforma Constitucional enviada por el Senado que elimina la figura del fuero presidencial con lo que el Presidente de la República podrá ser juzgado, si incurre en algún ilícito, por delitos electorales, de corrupción, traición a la patria así como por cualquier otro delito.
Tras su aprobación en el Senado la minuta se envió a los 32 Congresos de los estados para su análisis y requiere de la ratificación de la mitad más uno para su entrada en vigor.
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El documento establece que para proceder penalmente contra el titular del Ejecutivo federal sólo habrá lugar a acusarlo ante el Senado, en ese supuesto la Cámara Alta resolverá la petición con base en la legislación penal aplicable.
La diputada Margarita Evelyn Leonel Cruz señaló que los diputados de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso del estado consideraron pertinente la aprobación de la minuta Constitucional enviada por el Senado de la República.
De los 30 diputados locales no se presentaron posturas al respecto por parte de las bancadas del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN) ni del Partido Encuentro Social Hidalgo, únicamente se tuvo el posicionamiento por parte de la fracción parlamentaria de Morena.
Así la diputada Jazmín Calva López consideró que en la LXIV legislatura se hizo historia al aprobar la minuta Constitucional con lo que se elimina el fuero del Presidente de la República, “lo cual es un hecho inaudito, sin precedentes y de gran trascendencia de nuestro país”.
La iniciativa del Presidente Andrés Manuel López Obradorfue presentada por primera vez en diciembre del 2018 a la Cámara de diputados federal que la aprobó los términos que el Ejecutivo la había enviado para modificar los artículos 108 y 111 Constitucionales para eliminar el fuero presidencial.
Así el pasado 26 de noviembre sin cambios a la minuta enviada por la Cámara de Diputados, el pleno del Senado aprobó, con 89 votos a favor y 23 en contra, las reformas a la Constitución con las que se elimina la figura del fuero presidencial y el Presidente de la República podrá ser juzgado, si incurre en algún ilícito, por delitos electorales, de corrupción, traición a la patria así como por cualquier otro delito.