En Puebla aquellos varones que ejerzan violencia vicaria contra mujeres utilizando o manipulando a sus hijos e hijas en edad infantil y adolescencia como medida de castigo a sus esposas o parejas sentimentales con daño físico, perjuicio o maltrato tendrán que enfrentar penas como mínimo 3 años y máximo de 10 años 8 meses en prisión.
Lo anterior, luego que en sesión ordinaria del Congreso Local, se aprobó reformas que se hicieron, entre ellas al artículo 10 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como otro ordenamiento al Código Penal y a la Ley de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Del mismo modo, se hicieron modificaciones al artículo 284 Bis del Código Penal, que está relacionado con la violencia familiar, mismo que se castiga con 3 años de prisión, por lo ahora con la agravante de violencia vicaria, la pena se incrementará hasta un tercio cuando se cometa en contra de una niña, niño, o adolescente el uso como instrumento para causar daño a la madre.
“Utiliza a las hijas o hijos de la víctima para causar maltrato o daño, será considerada como violencia vicaria, y como violencia vicaria equiparada que se haga lo mismo a un dependiente de la víctima (…)”.
Al respecto, la diputada Aurora Sierra se declaró “sobreviviente hija de una mujer víctima de violencia vicaria, y protagonista de la misma”.
Por su parte, la diputada Mónica Silva destacó que pese a ser las mujeres más de la mitad de la población, este tipo de violencia por razón de género alcanza en algún momento a todas.
“Muchas mujeres han sufrido por no poder maternar a sus hijos por años, el agresor ve en los hijos e hijas el vínculo con el cual puede seguir ejerciendo violencia porque sabe que cualquier maltrato o manipulación de los hijos la dañan a ella, cuan cuando está intente salir de la violencia vicaria”.
CHM