Durante la sesión ordinaria del Congreso Local, se estableció como delito el fraude familiar a quien oculte sus bienes adquiridos en el matrimonio para que, en caso de separación, diga que no puede costear la manutención, y castigarse hasta con 5 años de cárcel y una multa de hasta 26 mil pesos.
Lo anterior, tras avalar que se adicionó la Sección Cuarta Bis, al capítulo décimo octavo y el artículo 407 Bis al Código Penal del Estado de Puebla, a propuesta de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.
La diputada Roció García Olmedo, aseguró que con dicha iniciativa se garantizará que la madre no sea la única que cargue con los gastos totales de la manutención de sus hijos, ante la separación.
Por lo que los cónyuges y concubinos estarán obligados a colaborar de manera equitativa para el mantenimiento del hogar para el cuidado, alimentación y educación de los hijos, lo cual puede ser en dinero o en su caso bienes para sufragar los gastos.
Finalmente, expuso que el Código Penal federal desde 2012 ya lo establece, así como la Conavim lo señala, además de que hay otros estados en el país en los que ya se castiga, por lo que Puebla no se puede quedar atrás, por lo que la multa mínima será de 8 mil 962 pesos y la más alta de 26 mil 886 pesos.
“Se catalogará como fraude familiar, en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o concubinato oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros, bienes se le aplicara sanción de uno a 5 años de prisión y una multa de 100 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA)”, dijo.
Por otra parte, se avaló definir como discriminación el impedir a mujeres amamantar en espacios públicos, así como que se restringa el acceso a algún lugar público a personal médico, durante alguna pandemia, como fue en el caso del covid-19.
De tal forma, se planteó considerar como discriminación que se impida a mujeres amamantar en lugares públicos y en establecimientos, así como fijar lo mismo para proteger a los trabajadores de la salud, a fin de que no se les impida el acceso a algún espacio durante contingencias sanitarias.
AFM