• Presidencia de la SCJN, en vilo: contradicción constitucional y lucha interna

Expertos y la propia presidenta Sheinbaum advierten que es la Corte la que debe resolver la contradicción entre artículos. Ministros ya debaten en privado y de manera informal posibles escenarios.

México /
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M+.- A principios de junio, en la sección de estadística de la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) apareció un gráfico que mostraba que, avanzado el 2027, la presidencia del máximo tribunal que hoy ostenta el ministro Hugo Aguilar Ortiz pasaría a manos de Lenia Batres, la segunda más votada en la elección judicial de 2025.

Sin embargo, el referido gráfico fue eliminado y sustituido días después por otro que solo indica el nombre de los nueve ministros, pero que ya no refiere ni siquiera cuándo terminaría el periodo de Aguilar.

La razón, explicó en entrevista la abogada, maestra y experta en Derecho Constitucional, Melissa Ayala, es que hoy no hay claridad sobre quién será la persona que presida la Corte. Ello dado que existe una obvia contradicción entre dos artículos de la Constitución respecto a cómo debe elegirse a quien sustituirá a Hugo Aguilar.

“El artículo 94 señala que la presidenta de la Corte la tendrá por dos años la persona que haya tenido más votos y después de esos dos años la segunda persona y así sucesivamente; pero el problema es que el artículo 97 dice que la presidencia la tendrá la persona que resulte de una votación interna de ministros. Entonces hay una contradicción que ya no se corrigió en la reforma a la reforma judicial”, indica Ayala a MILENIO.
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Dicha contradicción, como subraya la experta, surge de la reforma aprobada en septiembre de 2024 que renovó todo el Poder Judicial Federal para que los jueces, incluidos los ministros de la Corte, fueran elegidos por voto popular.

A partir de esa modificación quedó un renovado artículo 94 constitucional que establece una presidencia rotatoria cada dos años en función de los votos obtenidos en la última elección. Bajo esa lógica es que en septiembre de 2027 concluirá el periodo de Aguilar e iniciaría el de Batres.

Sin embargo, como apuntó Ayala, dicha reforma “olvidó” invalidar lo establecido en el artículo 97 de la Constitución, que establecía desde antes los periodos de cuatro años de presidencia de la Corte, con una persona elegida por mayoría de los ministros del pleno.

La contradicción prevaleció porque, aun cuando la presidenta Claudia Sheinbaum y el bloque mayoritario en el Congreso impulsaron una modificación a la reforma en 2025, de nueva cuenta no se modificó ni corrigió la contradicción.

La contradicción constitucional abre la disputa entre la rotación por votos o la elección por mayoría de ministros. | Foto: Especial

El 5 de agosto pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum respondió en su conferencia matutina a una pregunta sobre opiniones de empresarios en contra de una presidencia de Batres en la SCJN, y confirmó que hay una contradicción constitucional que la Corte deberá resolver.

“Hay empresarios que plantean una u otra persona, no necesariamente Lenia Batres, pero, bueno, ese es un asunto de la Corte; y ahí tiene que definirse, porque hay una contradicción en la propia Constitución, por cómo quedó redactada, de quién representa, quién va a representar la presidencia de la Corte. Entonces, tiene que resolverse ese tema”, dijo Sheinbaum.

En ese contexto, Melissa Ayala coincidió en que nos encontramos “en una situación atípica” que, al no ser corregida por el legislativo, le corresponde al pleno de la SCJN resolverla.

Posiciones internas y escenarios

Fuentes de dos ponencias de la Corte confirmaron a MILENIO que la sucesión en la presidencia del máximo tribunal ha sido objeto de debates e intercambios informales en las sesiones privadas.

La posición por la que de momento se inclina un bloque mayoritario de ministros es que la presidencia de la Corte no transite en septiembre de 2027 hacia la ministra Leia Batres, como estipula el artículo 94, y que, por el contrario, sea el pleno el que vote a la nueva persona presidenta.

En ese escenario, los ministros Giovanni Azael Figueroa Mejía, Arístides Rodrigo Guerrero García, Loretta Ortiz Ahl, Irving Espinoza Betanzo y Yasmín Esquivel Mossa estarían a favor de que sea esta última la próxima presidenta de la Corte y así lo ratificarían en la votación que señala el artículo 97.

Pero aun en esa posición, el problema a resolver es el de la periodicidad de la presidencia y el momento en que se lleve a cabo la votación. Un escenario, según las fuentes consultadas, es que esto ocurra el año que viene a partir de una interpretación híbrida de ambos artículos.

Otra alternativa, que parece más probable y tendría el apoyo de la actual presidencia de la Corte, es que, al interpretarse como procedente el artículo 97, se extienda por un periodo total de cuatro años la presidencia de Aguilar y, al finalizar ese periodo, se lleve a cabo la votación.

La polémica de la interpretación del artículo constitucional ha puesto en duda que Batres presida la Suprema Corte | Foto: Luis Guerra

En contra de esos escenarios se encuentra la ministra Lenia Batres, quien considera que debe prevalecer el seguimiento textual del artículo 94 y que la presidencia transite hacia ella en 2027. La ministra María Estela Ríos, según lo referido por los informantes, estaría de acuerdo con esa posición, mientras que la ministra Sara Irene Herrerias se ha mantenido en una posición neutra sobre ello.

En términos institucionales y públicos, la presidencia de la Corte ha establecido que las discusiones sobre un relevo en el máximo tribunal son todavía prematuras, pues, en cualquier caso, el periodo de Hugo Aguilar aún no cumple su primer año.

AH

  • Arturo Ángel
  • Periodista, corresponsal y escritor. Especializado en la investigación de temas de corrupción, justicia, derechos humanos, transparencia y democracia en México y Estados Unidos. Ganador del Premio Nacional de Periodismo y del Premio Alemán de Periodismo, y nominado a un Emmy. Autor de dos libros publicados por Penguin Random House.

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