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¿Qué es la Convención de Viena y por qué sustentaría la protección consular a 'El Mayo' Zambada?

El Fiscal General, Alejandro Gertz Manero, aseguró que el estado mexicano tiene la obligación de acompañar a cualquier ciudadano que haya sido acusado en el extranjero: "No es algo excepcional".

Alejandra Sigala
Ciudad de México /

El Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, afirmó que la protección consular solicitada por Ismael 'El Mayo' Zambada está sustentada en la Convención de Viena: "Esto no es un caso de excepción ni para bien ni para mal", destacó desde Palacio Nacional.

'El Mayo' Zambada envía carta al gobierno de México; pide su repatriación
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En específico, el fiscal referiría a la Convención de Viena de Relaciones Consulares de 1963.

La coadyuvancia y el acompañamiento de las autoridades a connacionales que enfrentan procesos penales en otro país se aborda en el artículo 36 "Comunicación con los nacionales del Estado que envía", el cual establece en su inciso 1, b) el derecho a la comunicación consular; mientras el 1, c) abunda en la asistencia consular del connacional arrestado, detenido o en prisión preventiva.

"Esa persona (El Mayo), como tantas otras personas en los Estados Unidos (EU) que cometen delitos, siempre tiene el acompañamiento de los consulados. Es una obligación, no es algo excepcional", apuntó Gertz.
El dato...

¿Qué es la Convención de Viena de Relaciones Consulares?

Es un tratado internacional de 79 artículos que entró en vigor en 1967 para regular las relaciones y funciones consulares entre los estados firmantes, lo cual puso fin a las labores que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) solía llevar a cabo en materia de derecho internacional.

¿Cómo interviene el estado mexicano?

La Convención de Viena en Relaciones Consulares reconoce el derecho de las y los connacionales a comunicarse y recibir asistencia consular si atraviesan un proceso penal en el extranjero. Esto implica que funcionarios del estado origen (en este caso México) puedan visitar, conversar y organizar la defensa de la o el ciudadano ante los tribunales; toda vez que la o el interesado solicite el acompañamiento.

"Asimismo, tendrán derecho a visitar a todo nacional del Estado que envía que, en su circunscripción, se halle arrestado, detenido o preso en cumplimiento de una sentencia", agrega el tratado en el inciso 1, c). "Los funcionarios consulares se abstendrán de intervenir en favor del nacional detenido, cuando éste se oponga expresamente a ello", ataja.

Según lo declarado por Gertz Manero el acompañamiento del estado mexicano al líder del Cártel de Sinaloa entrará en función una vez que Estados Unidos organice la primera audiencia de fondo, en la cual, según explicó, "vamos a conocer con toda precisión cuáles son las acusaciones y cuáles son las defensas, y ahí es donde ya (entrará) la presencia de las autoridades consulares".

"Todavía no tenemos la primera audiencia de fondo. Eso es francamente preocupante", subrayó tras recordar que el procedimiento de extradición y por "una serie de delitos cometidos en México"— como secuestro y transporte ilegal de una persona en contra de su voluntad— en el caso de Ismael 'El Mayo' Zambada iniciaron tan pronto se notificó su detención en EU.

​ASG


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