Diputados aprueban en lo general ley de extinción de dominio

De acuerdo con la nueva ley, que se discute en lo particular, el estado podrá disponer de los bienes de forma anticipada para el servicio público o programas sociales.

Con 420 votos a favor, diez en contra y nueve abstenciones, el pleno aprobó la nueva ley/Jesús Quintanar.
La Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio/Jesús Quintanar.
Fernando Damián y Elia Castillo
Ciudad de México /

Con 420 votos a favor, diez en contra y nueve abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la nueva que establece los procedimientos de carácter civil para el aseguramiento, disposición, uso, usufructo y enajenación de los bienes derivados de actividades ilícitas.

Aprueban en lo general, la nueva ley de extinción de dominio/Jesús Quintanar.

A favor del dictamen votaron los grupos parlamentarios de Morena, PAN, PES, PT, MC y PVEM, así como algunos legisladores del PRI y la bancada de ex perredistas, hoy sin partido.

La fracción del PRD y el pesista Ricardo de la Peña se pronunciaron en contra y ocho priistas más Adriana Teissier, del PES, se abstuvieron al advertir el riesgo de incautar bienes a personas inocentes y denunciar la discrecionalidad del Ejecutivo para definir el destino de los recursos sujetos a extinción de dominio.

Las fracciones legislativas discuten en lo particular los artículos reservados por diputados de diversas fracciones.

Extinción de Dominio...

Los bienes sujetos a la extinción de dominio a favor del Estado serán los asociados a delincuencia organizada, secuestro, robo de hidrocarburos, narcotráfico, trata de personas, corrupción, encubrimiento, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita y extorsión.

Los bienes en proceso de extinción de dominio podrán disponerse en forma anticipada para el servicio público, su uso en programas sociales u otras políticas públicas prioritarias, según lo determine el gabinete social de la Presidencia de la República.

El fiscal general de la República deberá presentar un informe anual ante el Senado respecto al número de juicios de extinción de dominio en trámite, sentencias emitidas en la materia, valor estimado de los bienes sujetos a extinción de dominio, ingresos obtenidos en los juicios respectivos, además de las solicitudes de cooperación internacional y asuntos de desistimiento.

Las fiscalías contarán con unidades especializadas en materia de extinción de dominio con el objeto de lograr una mayor eficiencia en los procedimientos sobre los bienes derivados de actividades delincuenciales.

El nuevo ordenamiento prevé la integración del Registro Nacional de Extinción de Dominio administrado por la Secretaría Técnica de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia y en el que las fiscalías inscribirán las demandas de extinción de dominio y las sentencias, así como los bienes que comprendan.

​OVM

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