La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 436 votos, el proyecto de reformas y adiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para prevenir y erradicar la discriminación laboral por embarazo.
El dictamen enviado al Senado para su análisis y ratificación establece que constituirán discriminación laboral y docente los actos u omisiones contra una mujer, en razón del embarazo, al vulnerar sus derechos a la igualdad, a la maternidad, al embarazo y a la lactancia.
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Además, define como violencia laboral la discriminación, distinción, exclusión o restricción contra una mujer solicitante de empleo o empleada, en razón de su maternidad, embarazo o lactancia.
De acuerdo con el dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, las entidades federativas y la Ciudad de México promoverán y difundirán que la discriminación por embarazo es un delito.
Además, los tres órdenes de gobierno proporcionarán de manera especializada y gratuita atención legal y de salud integral, incluyendo servicios de salud mental a quien sea víctima de discriminación, hostigamiento o acoso sexual.
Las reformas facultan a la Secretaría de Trabajo a realizar las acciones necesarias para que las autoridades competentes lleven a cabo registros homologados, confiables y desagregados sobre casos de discriminación, permitiendo así identificar el tipo de conducta de que se trata, los derechos que se vulneraron y el perfil del agresor.
La legisladora morenista Julieta Vences, principal promotora de la iniciativa, denunció la penalización a las mujeres no sólo por el hecho de serlo, sino también por ser madres.
“Las mujeres no solamente trabajan más que los hombres, también ganan menos que ellos, aun teniendo la misma capacidad, experiencia y profesión. No solo se nos penaliza por ser mujeres, sino que cuando vamos a una entrevista de trabajo se nos da doble penalización si contestas que eres casada y si tienes hijos. Pareciera que ser madre y mujer nos quita capacidad”, acusó.
Por ello se busca establecer como violencia laboral la discriminación, distinción, exclusión o restricción en contra de una mujer solicitante de empleo o empleada debido a su maternidad, embarazo o lactancia.
“A los hombres no se le pregunta por ejercer su paternidad, pero a las mujeres sí se nos juzga y pregunta”, puntualizó.
IOG