Por unanimidad, con 452 votos, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas y adiciones a diversas leyes para prevenir y sancionar la violencia vicaria, con la que hombres utilizan a hijas e hijos con el propósito de causar algún daño a la madre.
El decreto fue turnado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor.
- Te recomendamos Aumentan en 14% número de víctimas de violencia vicaria, revela estudio del Senado Política
Las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Código Civil Federal y del Código Penal Federal definen y sancionan la violencia contra las mujeres “a través de interpósita persona”.
Violencia VicariaCasos de violencia Vicaria
Entre los actos considerados como violencia vicaria enumeran:—Amenazar con causar daño a hijas o hijos.
—Amenazar con ocultar, retener o sustraer a hijas o hijos.
—Utilizar a hijas o hijos para obtener información sobre la madre.
—Promover, incitar o fomentar actos de violencia por parte de hijas o hijos contra la madre.
—Condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a mujeres, hijas e hijos.
Al fijar la posición del grupo parlamentario de Morena a favor del dictamen, la diputada Aleida Alavez afirmó que las reformas contribuirán a garantizar los derechos de las mujeres, así como el interés superior de la niñez para que las madres que decidan salir de una relación violenta tengan plena libertad, sin arriesgar su vida ni la de sus hijos e hijas.
“El compromiso de esta Legislatura y del grupo plural de mujeres en la Cámara de Diputados es seguir con estos dictámenes que manden a los poderes del Estado mexicano a tomar acciones ya contra la violencia hacia las mujeres”, puntualizó.
A nombre de la Comisión de Igualdad de Género, la legisladora Julieta Kristal Vences subrayó que el dictamen es resultado de un largo trabajo colectivo que sumó las aportaciones de cientos de mujeres que se atrevieron a alzar la voz “con un grito de clamor fuerte y claro: ni una mujer más víctima de violencia”.
Celebró que la propuesta de modificación incluyera una reforma al Código Civil Federal para que la patria potestad pueda ser limitada cuando una persona ejerza violencia a través de otra.
“Hoy damos un paso mayor y fundamental para la agenda feminista porque finalmente las mujeres mexicanas tendrán este instrumento para que se haga justicia mediante la tipificación y el castigo para quienes ejerzan violencia a través de interpósita persona”, remarcó.
Violencia económica en contra de las madres
La Cámara de Diputados avaló además una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para actualizar y ampliar el concepto de violencia económica contra las mujeres, a fin de poner un alto a la brecha de género.
La adición al ordenamiento define la violencia económica como toda acción u omisión del agresor que impacta de manera negativa en la economía de la víctima y su independencia y autonomía financiera.
“Se manifiesta a través de limitaciones u omisiones para su desarrollo laboral o profesional, exigencia de exámenes de no gravidez, así como otros condicionamientos vinculados al género y la maternidad, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo y la explotación laboral”, señala.
Se considera asimismo violencia económica en el ámbito familiar cuando el agresor controle el ingreso de sus percepciones económicas e incluso, de manera injustificada, se desentienda de sus obligaciones económicas, de colaborar a realizar las labores domésticas o del cuidado de las personas que dependan de él.
RM