Hasta dos años de cárcel por maltrato animal y zoofilia, aprueban diputados

Con su perra “Clarita” en la tribuna, el legislador morenista Samuel Herrera llamó a los diputados de las diversas fracciones legislativas a respaldar el dictamen para sancionar el maltrato y la crueldad animal.

El dictamen fue turnado al Senado para su análisis y eventual ratificación. | Especial
Fernando Damián
Ciudad de México /

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas y adiciones al Código Penal Federal para castigar hasta con dos años de prisión y multa de 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (13 mil 443 pesos) a quien dolosamente cause sufrimiento o lesiones a un animal, o lo utilice con fines sexuales (prácticas de zoofilia).

El dictamen avalado con 444 votos a favor y uno en contra prevé las mismas penas por la venta, distribución, exhibición o difusión de imágenes, fotografías, vídeos o cualquier otro medio en que conste algún acto de zoofilia.

Con su perra Clarita en la tribuna parlamentaria, el legislador morenista Samuel Herrera llamó a los diputados de las diversas fracciones legislativas a respaldar el dictamen para sancionar el maltrato y la crueldad animal.

Al fijar el posicionamiento de su bancada, el coordinador de los diputados federales del PRI, René Juárez, afirmó que para nadie es desconocido el trato cruel y despiadado que sufren muchos animales por parte de sus propios dueños, además de ser una fotografía cotidiana ver animales abandonados que sufren maltrato, violencia y explotación.

“Los animales no tienen voz para poder denunciar sus agresiones, pero tienen el derecho de vivir dignamente y por ello nosotros debemos darles voz y protegerlos a través de este tipo de iniciativas”, puntualizó.

De acuerdo con el proyecto de adiciones turnado al Senado de la República para su análisis, se impondrá pena de tres meses a dos años de prisión a quien dolosamente cause sufrimiento a un animal vertebrado, sin que provoque la muerte inmediata; cause lesiones que pongan en peligro la vida de un animal vertebrado, o cause lesiones o marcas permanentes en un animal vertebrado.

Como excluyentes de responsabilidad penal establece los casos en que la muerte o mutilación de un animal vertebrado “sea resultado de actividades culturales o cualquiera otra que sea lícita”, se trate de un animal vertebrado que constituya una plaga o sea por causa justificada y bajo cuidado de un especialista con conocimientos técnicos en la materia.

Aunado a lo anterior, se excluye de sanción el marcaje de animales con objeto de distinguir el ganado y el sacrificio de animales vertebrados para consumo humano.

En su sesión ordinaria semipresencial de este martes, la Cámara de Diputados aprobó también reformas y adiciones al Código Penal Federal para actualizar el tipo penal y las conductas objeto de sanción por la organización de peleas de perros.

El castigo ya previsto de entre seis meses y cinco años de prisión, y de 200 a 2 mil días de multa, se aplicará no solo a quien organice peleas de perros o críe animales para ello, sino también a quien las transmita por cualquier medio electrónico, ocasione que menores de edad asistan a ellas e incluso a los que asistan como espectadores.

El delito se configura igualmente en casos de peleas de perros contra cualquier otro animal.

JLMR

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