Prohíben a diputados uso de medios o recursos públicos para propaganda electoral

META 21

Los legisladores que opten por la reelección deberán adecuar su actuación de conformidad con los principios de legalidad, objetividad, neutralidad e imparcialidad.

La Cámara de Diputados podrá difundir propaganda gubernamental relativa a servicios educativos y salud. | Cámara de Diputados
Fernando Damián
Cámara de Diputados /

La Cámara de Diputados aprobó los lineamientos generales para prohibir a los legisladores que busquen la reelección consecutiva hacer propaganda política electoral o promoción personalizada a través de los medios de comunicación institucionales o utilizando recursos públicos del órgano legislativo.

“No se dará cobertura, difusión y transmisión en los medios de comunicación de la Cámara de Diputados a ningún contenido que implique expresiones particulares, represente propaganda político electoral o promoción personalizada de alguna diputada o diputado, o bien, que se realice a nombre de un grupo parlamentario”, señala el documento.

De acuerdo con los Lineamientos Generales para la Difusión de las Labores de las Funciones Legislativas de las Diputadas y Diputados de la 64 en el proceso electoral 2020-2021, los legisladores que opten por la reelección deberán adecuar su actuación de conformidad con los principios de legalidad, objetividad, neutralidad e imparcialidad.

“Deberán abstenerse de realizar propaganda político electoral o promoción personalizada a través de los medios de comunicación institucionales o utilizar recursos públicos de la Cámara de Diputados, ya sean humanos, materiales, digitales o económicos”, puntualiza el acuerdo.

Avalado por el pleno en votación económica, señala que, durante el periodo de campañas y hasta la conclusión de la jornada electoral, solamente se realizará cobertura, difusión y transmisión a las actividades de los  diputados relacionadas con el ejercicio de su función legislativa en sesiones ordinarias, extraordinarias, de Congreso General, de la Comisión Permanente y reuniones de comisiones ordinarias, especiales, bicamerales, de investigación.

De igual forma, reuniones de los grupos de amistad, de trabajo y comités; conferencias de los órganos de gobierno relacionados con el trabajo legislativo, así como ejercicios de Parlamento Abierto autorizados por la Junta de Coordinación Política y en los que se garantice la pluralidad de sus participantes.

“No se realizarán transmisiones unipersonales de las diputadas y diputados, salvo las que se deriven de la presentación de iniciativas y puntos de acuerdo en el Canal del Congreso”. señala.

En los lineamientos se precisa que la Cámara de Diputados podrá difundir propaganda gubernamental relativa a servicios educativos y de salud, así como aquella necesaria para la protección civil en casos de emergencia, la cual deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política electoral, o bien, elementos de promoción personalizada de diputadas y diputados.

JLMR

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