Durante la sesión de la Sala Superior del TEPJF, se ratificó la sentencia contra el alcalde Eduardo Rivera Pérez por violar la veda electoral, al difundir propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato.
De tal favor, la Contraloría Municipal, a cargo de Alejandra Escandón Torres, una vez que sea notificada, debe determinar la sanción aplicable al alcalde con base en la sentencia emitida.
Los magistrados calificaron como infundados esgrimidos por el edil panista, toda vez que el material denunciado de inicio actualiza los supuestos para considerarse como propaganda gubernamental.
Señalaron que en su cuenta de Twitter aparece su nombre, además de que es un servidor público y se identificó el cargo que desempeña, que es el de edil, dentro del gobierno municipal.
Asimismo, en el contenido de la publicación se hace referencia a una obra pública de su gobierno y, aunado a eso, se consideró que se buscó generar la adhesión o persuasión de la ciudadanía al presentarse un acontecimiento ocurrido en la administración, con una lona de fondo en una pequeña reunión en donde sostiene un micrófono.