Debido a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en el Recurso de Apelación (RAP) con expediente TEEH-RAP-PESH-004/2020, mediante la cual permite a los partidos políticos postular un mayor porcentaje de mujeres que de hombres, se mantiene en duda cómo deberán resolverse las asignaciones de cargos a regidurías y sindicaturas por la vía de Representación Proporcional (RP), lo cual a su vez pone en riesgo el acceso de las candidatas al ayuntamiento, acusó la consejera electoral del órgano electoral local, Miriam Saray Pacheco Martínez.
La también presidenta de la Comisión de Equidad de Género y Participación Ciudadana del Instituto electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) señaló que esta resolución del órgano jurisdiccional pretende garantizar una mayor participación de las mujeres, pero sólo en términos cuantitativos, más no así en cualitativos por lo que muchos de estos perfiles podrían quedar fuera de un cargo de elección popular pese a tener una buena preparación para ejercer el cargo.
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“Será necesario revisar cuáles son los efectos de la interpretación de la norma, cuáles son las consecuencias de juzgar bajo la perspectiva de género y la postulación de las mujeres en las planillas y con un mayor porcentaje; habrá que ver si esta perspectiva de género y la aplicación del principio de paridad viene en una participación útil en cuanto al acceso al cargo. Vamos a tener que revisar los efectos de flexibilizar la postulación para que no se afecte la postulación de Representación Proporcional, pues por ejemplo en una planilla de nueve integrantes con la posibilidad de postular a siete mujeres y dos hombres va a afectar al momento de la asignación de éstos, debido a que se tiene contempladas reglas de asignación para garantizar la paridad al 50-50”, comentó Pacheco Martínez.
Esta modificación en los cargos plurinominales que lleguen a los ayuntamientos del estado implicaría un riesgo que puede dejar fuera de la posibilidad de ejercer un cargo a muchas mujeres que estén mejor posicionadas que otras, por los puestos que ocupan en la planilla, pues esta designación se debe hacer de manera paritaria para que si un hombre encabeza la planilla lo siga una mujer y así consecutivamente, lo cual hace efectiva la equidad en la contienda para ambos géneros.
“Con esta flexibilización podríamos dejar en el camino a mujeres que tengan mejor representación ante la ciudadanía, mujeres que tengan mejor perfil para acceder a un cargo de elección popular porque estamos obligados a garantizar una paridad cuantitativa, aunque el TEEH busca paridad flexibilizando esas reglas, pero para la igualdad sustantiva afecta en mucho, pues no se puede garantizar ésta mediante la equidad cuantitativa”, sentenció la consejera electoral.
Finalmente, Miriam Saray comentó que se mantienen a la espera de la resolución de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pues se interpuso un Juicio Electoral (JE) con expediente ST-JE-19/2020 en el cual no solo Pacheco Martínez sino también la consejera presidenta del IEEH Guillermina Vázquez Benítez y los demás consejeros, buscan revocar la resolución del Incidente de Aclaración de Sentencia, TEEH-RAP-PESH-004/2020-INC-1, mediante la cual pretendían solventar estas dudas referentes a la designación de RP.