Diputaciones migrantes, sentencia tardía, con contradicciones y absurdos: INE

Los consejeros del Instituto Nacional Electoral dejaron claro que aprobaron esta instrucción del Tribunal Electoral por tratarse de una sentencia y no porque coincidan en el proyecto.

Dania Ravel agregó que esta sentencia es contraria a las propias directrices de la Sala Superior del TEPJF | Cuartoscuro
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) acató la orden del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)para que los partidos políticos propongan a una persona migrante en los primeros 10 lugares de sus listas plurinominales, no sin antes dejar claro que es una sentencia llena de “contradicciones y absurdos conceptuales”, con la que no están de acuerdo.

Los consejeros dejaron claro que aprobaron esta instrucción por tratarse de una sentencia y no porque coincidan en el proyecto. Por lo que en sus votos dejaron claro que lo hacían “Por orden judicial, a favor”, “A favor, no hay de otra”.

El consejero presidente Lorenzo Córdova advirtió que respaldaría esta sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral “por mandato, no por convicción”, pues está llena de contradicciones y absurdos conceptuales como darle representación a un sector que ni siquiera puede votar, debido a que los migrantes no pueden sufragar por la renovación de la Cámara de Diputados pero sí habrá un legislador federal de esa comunidad. Lo que insistió, es ilógico e incongruente.

“El absurdo es mayor porque va a haber representantes migrantes y qué bueno que los hay, pero no los van a votar los migrantes, los vamos a votar los que no somos migrantes. Es un absurdo de la teoría moderna de la representación democrática. Hicimos las cosas al revés, la maximización de derechos debe ser congruente”

La consejera Dania Ravel agregó que esta sentencia que el TEPJF calificó como “histórica” en realidad es contraria a las propias directrices de la Sala Superior que ha señalado en múltiples sentencias que no puede haber modificaciones al proceso electoral con éste ya en curso, y mucho menos cuando las precampañas ya concluyeron.

“Además, las personas que sean postuladas a través de estas acciones afirmativas podrán decidir que se haga pública o no, lo que atenta contra el derecho a acceso a la información pues es indudable que saber qué personas acceden al cargo a través de acciones afirmativas es indispensable”.

El consejo Ciro Murayama dijo que “El Tribunal Electoral terminó haciendo leyes y reformas, cambiar la constitución de la Cámara de Diputados no por reformas sino por orden de un poder que no es el legislativo y de manera tardía, más grave aún, cuando ya habían concluido las precampañas”.

Los partidos políticos también externaron sus molestias al señalar que se trata de una intromisión directa a su vida interna partidaria, pues había personas que pasaron por todo un proceso de selección que hoy deberán quedar fuera para abrir este nuevo espacio, lo que es una evidente afectación de derechos.

Las personas de la comunidad migrante que sean incluidas en estas listas plurinominales deberán acreditar su estatus migratorio con los siguientes documentos: credencial para votar desde el extranjero; inscripción en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero (LNRE); membresía activa en organizaciones de migrantes o que han impulsado o promovido la defensa de los derechos de los migrantes o haber realizado acciones de promoción de actividades comunitarias o culturales entre la comunidad migrante; y cualquier otra documental que pudiera resultar idónea para acreditar el vínculo, sujeta a valoración de esta autoridad.

JLMR