¡Por si no lo tenías claro! Éstas son las funciones de un diputado federal y un local

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Sus obligaciones y atribuciones están definidas por la Constitución federal, la Constitución de cada entidad y las leyes orgánicas de los Poderes Legislativos.

Su principal función es legislar. | Tania Contreras
Claudia Hidalgo
Toluca /

Quienes se desempeñan como diputados o diputadas son denominados funcionarios de elección popular. Sus obligaciones y atribuciones están definidas por la Constitución federal, la Constitución de cada entidad y las leyes orgánicas de los Poderes Legislativos.

Tanto quienes están en el Congreso federal como en el local tienen como principal función deben legislar, es decir: cambiar, actualizar, ampliar, ajustar o crear nuevas leyes.

¿Cuál es la diferencia entre ambos?

La diferencia entre ellos es que los federales revisan la normativa nacional y los estatales las leyes de la entidad. En el primer caso son 500 de todo el país y se reúnen en la Ciudad de México; en el Estado de México los locales son 75 y tienen su sede en la ciudad de Toluca.

¿En qué consiste su trabajo?

Además tienen funciones fiscalizadoras a través de sus órganos, revisan cómo y en qué gastan el dinero público los poderes, entes municipales, órganos autónomos y organismos auxiliares.

Revisan el trabajo del Ejecutivo. Le autorizan la posibilidad de ausentarse para viajar al extranjero. Reciben y revisan su informe de labores.

Tienen facultades para hacer llamados de atención a entes públicos, en forma de exhorto, sin lastimar la autonomía municipal y de diversos órganos.

Reciben, redistribuyen y aprueban el Presupuesto de Egresos, la Ley de Ingresos, así como la política fiscal estatal y de los municipios.

Autorizan la contratación de deuda y otras obligaciones a largo plazo, es decir, que trascienden la administración estatal o municipal.

Eligen magistrados, titulares de los órganos de control interno de distintas instancias, dan el visto bueno al nombramiento de Fiscal de Justicia, nombran a comisionados de transparencia, integrantes del Sistema Anticorrupción.

En caso de la ausencia definitiva del gobernador o gobernadora, pueden elegir al nuevo Ejecutivo, si el plazo ya no amerita nueva elección. Lo mismo ocurre en los ediles.

Pueden instaurar juicio político en contra de diversos funcionarios. Su función es de contrapeso y representan el poder del pueblo.

¿Obligaciones y atribuciones?

Los y las legisladoras se organizan en grupos parlamentarios, comisiones y comitésSon auxiliados por un órgano fiscalizador y una Contraloría, entre otras áreas administrativas.

Están obligados a acudir a las sesiones del Pleno. Son dos por semana. Deben ir a los trabajos de comisiones y comités, cuando y donde sean requeridos.

Pueden presentar iniciativas de leyPueden hacer exhortos o recomendacionesVotan los asuntos abordados en el Pleno.

También tienen la posibilidad de hacer uso de la tribuna para expresar su postura de manera libre en torno a cualquier tema.

Lo que ya no hacen

Ya no reparten cemento, láminas, pinturas ni otros insumos como se acostumbró en el pasado, porque no tienen funciones de gestoría, ya que esto corresponde a los ejecutivos federal, estatal y municipales.

¿Cuántos hay?

A nivel federal son 41 y los que lleguen por la vía de representación proporcional.

A nivel local hay 75. De esta cifra, 45 fueron electos directamente por el voto ciudadano, es decir, de mayoría relativa y 30 de representación proporcional.

  • Pueden existir tantos grupos parlamentarios como partidos que logren más de 3 por ciento de votos válidos en las elecciones.

KVS