El magistrado presidente del Tribunal Electoral, Reyes Rodríguez Mondragón, propuso confirmar el triunfo de Evelyn Salgado como gobernadora electa de Guerrero, luego de desestimar todas las impugnaciones en contra de ella, donde destaca una que señala que el presidente Andrés Manuel López Obrador sí pudo afectar la equidad en la contienda por sus intervenciones desde las mañaneras, pero esto es insuficiente para anular la elección.
El proyecto que Rodríguez Mondragón entregó a sus pares propone confirmar la declaración de validez de la elección a la gubernatura en Guerrero, así como la entrega de la constancia de mayoría a favor de la candidata del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Evelyn Cecia Salgado Pineda, tras desestimar que incumplió con el proceso de elegibilidad como candidata de Morena, la entrega de programas sociales del gobierno federal como coacción del voto y los posicionamientos del presidente Andrés Manuel López Obrador desde sus conferencias como elemento suficiente para declarar la nulidad.
Por otra parte, respecto a la presunta violación a los principios de neutralidad e imparcialidad por la intervención de López Obrador en el proceso electoral, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) entregó ocho videos con 74 pronunciamientos que contienen manifestaciones relacionadas con el proceso electoral en Guerrero y, de forma específica, sobre las decisiones del Instituto Nacional Electoral (INE) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por el retiro de la candidatura de Félix Salgado Macedonio.
Sin embargo, el proyecto indica que “no se advirtieron mayores elementos probatorios para acreditar que los resultados de la elección fueron producto de una influencia derivada de La Mañanera; que no existe un nexo causal, directo e inmediato entre el contenido de los videos y los resultados de los comicios; los actores no demuestran esa influencia”, tal como lo determinó el Tribunal Electoral de Guerrero; además, de que las visualizaciones de YouTube “no ofrecen certeza de que se trate de personas de Guerrero”.
Se reconoce que el Presidente pudo generar inequidad en la contienda al opinar sobre el proceso, manifestar su conformidad por la cancelación del registro del candidato de Morena y respaldar a su hija como candidata, pero se concluyó que no es suficiente para anular la elección.
“Esta Sala Superior concluye que el presidente de la República realizó pronunciamientos relacionados con el proceso electoral en al menos ocho conferencias de prensa, de entre las que destacan dos de manera específica – conferencias matutinas del 13 y 28 de abril-, tales afirmaciones del titular del Ejecutivo constituyeron por sí mismos una violación a los principios constitucionales de neutralidad e imparcialidad. Sin embargo, (…) resultan insuficientes para concluir que debe anularse la elección por violación a principios constitucionales de neutralidad e imparcialidad”.
Sobre la inelegibilidad de la candidata electa por no haber pasado por el procedimiento partidista de designación, lo cual significaría que se incurrió en una prohibición estatutaria al promover familiares hasta el cuarto grado en línea directa y segundo grado por afinidad, el proyecto declara la invalidez de los alegatos.
En cuanto a la entrega de programas sociales federales en la entidad, concluye que “no es válido alegar la entrega de programas sociales del gobierno federal como una violación al principio de neutralidad y equidad en la contienda electoral, ya que el último pago se realizó el 3 de abril, lo que resulta conforme con el artículo 291 de la ley Electoral local, que establece que las autoridades de cualquier nivel están obligadas a interrumpir la entrega, 15 días previo al día de la elección”.
Referente a la impugnación en la que se alega coacción del voto a través de un grupo de WhatsApp denominado Servidores de la Nación en el que el delegado regional de los Programas Integrales de Desarrollo del gobierno federal en la zona de Tierra Caliente, Andrés Nieto Cuevas,
dio instrucciones varias veces para que todos los integrantes del grupo votaran por Morena, las pruebas se desestimaron.
De acuerdo con el proyecto, aunque el PRI exigió que se requirieran informes a AT&T y Telcel, y expuso capturas de pantallas del chat, nunca detallaron cómo se obtuvieron esas conversaciones probadas y no acreditó la licitud de su obtención, por lo que carecen de valor probatorio.
“Por lo anterior, esta Sala Superior considera que las pruebas obtenidas directa o indirectamente en violación a derechos fundamentales son ilícitos y no pueden surtir efecto alguno en los juicios electorales”.
Así, se confirma el cómputo de la elección a la gubernatura de Guerrero, la cual arrojó 643 mil 814 votos para Morena y 580 mil 971 para la coalición conformada por PRI-PRD.
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KT