El Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) deberá reponer el procedimiento de registro de la fórmula uno de candidatos de Representación Proporcional (RP) o “plurinominal” por Morena integrada por Francisco Xavier Berganza Escorza como propietario, y Andrés Caballero Zerón, como suplente; esto ya que el Tribunal Electoral estatal (TEEH) dejó sin efectos el acuerdo IEEH/CG/047/2021 mediante el cual se le otorgó la negativa a su postulación.
Lo anterior detalló la magistrada presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga, debido a que el órgano electoral incurrió en una violación procesal grave al no solicitar de manera adecuada los requerimientos a la fuerza política para solventar las irregularidades y con ello brindar todos los elementos necesarios para pronunciarse a favor o en contra de que estos perfiles compitan por la diputación local en este proceso electoral.
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Al resolver el Recurso de Apelación (RAP) y el Juicio Ciudadano (JDC), bajo expedientes TEEH-RAP-MOR-019-2021 y TEEH-JDC-079-2021, los magistrados del TEEH señalaron que el IEEH incurrió en esta falta al no dar cumplimiento al artículo 120 del Código Electoral del Estado de Hidalgo, en el cual establece que se deben emitir tres requerimientos al partido político para solventar cualquier irregularidad, en lugar de solo dos como las emitió antes de solventar el registro.
Para cumplir con la sentencia emitida, el órgano electoral local cuenta con tres días para reponer el procedimiento completo y emitir tres requerimientos; una vez que cuente con todos los elementos, deberá pronunciarse sobre si este registro es aprobado como fórmula uno de RP o si no cubre los requisitos establecidos por la Ley.
Por su parte, el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez consideró que esta falta es muy grave, pues la autoridad no debe exceder los establecido por la Ley y por ello se dejó sin efectos la negativa de su registro hasta que no se reponga el procedimiento en su totalidad.
Finalmente, el magistrado Leodegario Hernández Cortez, emitió un voto particular, pues no sólo consideró que el acuerdo IEEH/CG/047/2021 debía revocarse sólo en la negativa de registro a esta fórmula, sino también que se respete la autodeterminación del partido Morena para definir en qué posición postulará perfiles para cubrir las acciones afirmativas y no que sean imposición del órgano electoral como acusó en ambas demandas.