Sanciona TEE a Colosio por actos anticipados de campaña

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El candidato de MC a la alcaldía de Monterrey deberá pagar 34 mil pesos como multa, por haber publicado un video que subió a sus redes sociales el pasado 25 de enero, donde confirmó que su proyecto seguía.

Luis Donaldo Colosio (Fotografía: Leonel Rocha)
Orlando Maldonado
Monterrey /

Por mayoría de votos, los magistrados del Tribunal Estatal Electoral (TEE) sancionaron con una multa económica de 34 mil pesos a Luis Donaldo Colosio Riojas, candidato de Movimiento Ciudadano a la alcaldía de Monterrey, por actos anticipados de campaña.

Con el voto en contra de la magistrada presidenta Claudia Patricia de la Garza Ramos, los magistrados consideraron que Colosio incurrió en actos anticipados de campaña en un video que subió a sus redes sociales el pasado 25 de enero, en donde confirmó que su proyecto seguiría con Movimiento Ciudadano, luego de la incertidumbre que se vivía en ese entonces sobre su futuro político.

"Se declara existente la violación objeto de la denuncia relativa a la comisión de actos anticipados de campaña en contra de Luis Donaldo Colosio Riojas, por lo que se le sanciona con una multa de 400 UMAS ordenando girar oficio a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado para que haga efectivo, de manera individualizada, el cobro del crédito fiscal al ciudadano referido por la cantidad de 34 mil 752 pesos en los términos del considerando 7 de esta resolución", aprobaron en la resolución.

Además, en el proyecto, a cargo del magistrado Jesús Eduardo Bautista Peña, se consideró que Colosio buscó generar apoyo y empatía de manera anticipada con la publicación de su video.

"La ponencia propone declarar existente la falta objeto de controversia, ya que del contexto íntegro de la publicación denunciada se desprende que de manera equivalente funcional se buscaba generar apoyo y empatía de manera anticipada de parte de la ciudadanía, mediante el uso de referencias dirigidas a evidenciar su candidatura", refirieron.

Aunado a ello, el magistrado ponente consideró que Luis Donaldo no sólo dio a conocer su elección por una candidatura por Movimiento Ciudadano, sino que posicionó "de manera indebida" su nombre y se dirigió a la ciudadanía con el propósito de brindar un mensaje que recae en el proselitismo electoral.

"En tal sentido, se desprende que el candidato no sólo informó sobre su elección de una candidatura por Movimiento Ciudadano, sino que también posicionó de forma indebida su nombre y se dirigió a la ciudadanía en general con el firme propósito de exponer un mensaje de proselitismo electoral en un equivalente funcional, pues, si bien no se contienen frases que se encuentren prohibidas expresamente, sí se contienen mensajes de posicionamiento sobre su imagen y nombre refiriendo de manera expresa la candidatura por el partido que lo postula, así como una plataforma electoral", concluye la resolución.

La sanción económica deberá ser cobrada por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, misma que se habrá de conducir conforme lo dicta la Ley Estatal Electoral.