Para garantizar que no se cuelen en las candidaturas políticos que violenten mujeres o no mantengan a sus hijos, el Instituto Nacional Electoral revisará hasta posibles denuncias ciudadanas.
De acuerdo con información del Consejo Local del INE en Tamaulipas, el organismo pondrá lupa a las candidaturas federales registradas, antes de declarar su validez.
“Se habrán de rechazar las postulaciones que incumplan con la 8 de 8 contra la violencia, para ello se analizará la información recibida por autoridades competentes, así como posibles denuncias ciudadanas”, se indicó.
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No deberán de...
- Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y la seguridad sexuales; cuando afecte el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica.
- Por violación a la intimidad sexual, violencia política contra las mujeres por razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; así como ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
“La reforma constitucional aprobada en 2023 mandata que ninguna persona podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público, de encontrarse en alguno de los ocho supuestos antes mencionados”, se expuso.
Una vez conformada la lista de candidaturas y siendo ésta aprobada por el Consejo General, el INE publicará las mismas para que la ciudadanía pueda revisar y, en su caso, referir si alguna de éstas no cumple con los supuestos, esto mediante dos vías: en un módulo de la página de internet del Instituto, en donde deberá llenar un formulario y adjuntar la información que considere pertinente y de manera física en los Consejos Locales y Distritales.
Del mismo modo, a partir del 2 de marzo, una vez conformado el listado de candidaturas, se elaborarán y notificarán los requerimientos de información a diversas instancias, a fin de solicitar sentencias firmes de las personas aspirantes, relacionadas con los ocho supuestos.
Entidades
Actualmente, 15 entidades poseen un registro de estos supuestos (Ciudad de México, Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Estado de México, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas), a los que se solicitará la información, mientras que en el resto se hará a los tribunales superiores de justicia de cada estado.
Cabe resaltar que tanto las autoridades requirentes como la ciudadanía deberán remitir la información que posean a más tardar el 2 de abril de 2024, a efecto de que la autoridad electoral realice el análisis correspondiente y cuente con los elementos suficientes para determinar la resolución procedente. En caso de que, derivado de dicha resolución, el INE tenga conocimiento de que alguna persona candidata incurrió en falsedad de declaraciones, dará vista a las autoridades respectivas y negará dichas candidaturas.
SJHN