Ante los cuestionamientos del diseño de las boletas electorales para votar el 4 de junio en las elecciones del Estado de México, por la aparición cuatro veces del nombre de la candidata Alejandra Del Moral, el Instituto Electoral del Estado de México advirtió que esto es legal y obedece a que ella va en coalición y Delfina Gómez en candidatura común.
Esto fue decisión directa de los partidos. La Ley General de Partidos Políticos y el Código Electoral del Estado de México establecen las reglas que se deben seguir para plasmar los emblemas de los partidos en la boleta y en el caso de las coaliciones los partidos van por separados y en la candidatura común unidos en un sólo recuadro.
Todos los votos que reciban las cuatro opciones que tiene Alejandra Del Moral, a través del PRI, PAN, PRD y Nueva Alianza se contabilizan para la coalición, pero se conocerá claramente cuántos votos aportó cada partido a la elección y su fuerza electoral; en el caso de la candidatura Morena, PT y PVEM no se logrará distinguir la diferencia.
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En sus convenios de alianza cada uno fijó las reglas, con base en la Constitución Política del Estado de México y el Código Electoral del Estado de México, por lo cual los partidos estuvieron de acuerdo en el diseño de la boleta electoral que ya se está distribuyendo en todas las juntas electorales, desde el lunes pasado y hasta este sábado.
Asimismo, también se permite cambiar el nombre de la persona registrada, usar una abreviatura e incluso apodo o sobre nombre, siempre y cuando la petición sea aprobada por el consejo, por lo cual Paulina Alejandra Del Moral Vela tiene el nombre de "Ale del Moral", lo cual ha ocurrido con muchos otros candidatos y candidatas antes.
El Código Electoral del Estado de México establece en los artículos 77 y 81 que, en la candidatura común, el emblema conjunto de los partidos que la conforman deberá aparecer en un mismo espacio de la boleta electoral, como es el caso de los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México.
Por otra parte, la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 87, numeral 12, mandata que cada uno de los partidos que integren una coalición, aparecerá en la boleta electoral con su propio emblema, lo cual ocurre en el caso de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Nueva Alianza Estado de México.
OMV