INE emite medidas cautelares contra Máynez por video y contra Fox por violar veda

El INE emitió medidas contra el candidato presidencial por videos donde aparecen menores de edad y contra el ex presidente por violar veda electoral.

Álvarez Máynez y Fox violan veda. | Fotos: Cuartoscuro
Rafael Montes
Ciudad de México /

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al candidato presidencial de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, y a ese partido político eliminar publicaciones en donde aparece personas menores de edad en actos políticos, de las que no se aportaron los documentos para justificar su aparición.

Además, el INE también ordenó al ex presidente Vicente Fox bajar una nueva publicación que viola la veda electoral.

Al resolver tres denuncias, dos del PRD y uno del Partido Verde contra Máynez, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE emitió medidas cautelares en contra del candidato y del partido naranja, al considerar que las publicaciones denunciadas podrían configurarse en vulneraciones al interés superior de la niñez.

Los partidos denunciantes acusaron que en publicaciones del aspirante presidencial y de MC aparecen menores de edad en actos en Ciudad del Carmen, Campeche, en Durango y en Jalisco.

“Se determinó procedente la adopción de la medida cautelar, pues de un análisis preliminar, se advirtió la imagen de personas menores de edad plenamente identificables y el denunciado no aportó los documentos para justificar su aparición en el material”, dictó la Comisión.

Las tres medidas cautelares ordenaron a los denunciados eliminar o difuminar la imagen de todas las personas menores de edad que ahí aparezcan.

Reprenden a Fox por reincidencia

En otro caso, la Comisión de Quejas y Denuncias emitió medidas cautelares, y una orden de tutela preventiva, en contra del ex presidente de México, Vicente Fox, por una nueva publicación en su cuenta de X que viola el periodo de veda electoral.

Al atender una denuncia de Morena contra el exmandatario panista, la consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión, consideró que era procedente la medida cautelar para el retiro de la publicación, sino también para evitar que continúe violando la veda, pues el viernes ya se le había ordenado bajar seis publicaciones.

“Hoy estamos con otro contenido que también se considera que cae dentro de una posible infracción frente a las prohibiciones estipuladas para este tiempo denominado ‘veda electoral’; de esa manera, me parece que al ser este tiempo, que dura exclusivamente tres días previos a la jornada electoral y la jornada electoral, tiene, y así también ha sido criterio del Tribunal Electoral, tiene que revisarse con un escrutinio más estricto y tomarse las medidas con una mayor firmeza y sentido estricto, porque finalmente, lo que sí tenemos constatado es que, por lo menos en estas ocasiones que hemos revisado, se ha colocado, en este breve tiempo de veda electoral, información que posiblemente infringe las prohibiciones establecidas”, dijo Zavala.

Recordó que ayer se resolvió un tema similar y se advirtió “que no es un momento de posiciones a favor o en contra de fuerzas políticas o de candidaturas, ni de información, sobre todo de personas con esta relevancia pública”.

Por unanimidad, la Comisión aprobó dictar la medida cautelar, al considerar que desde un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, la publicación denunciada contiene propaganda electoral durante el periodo de veda.

Denuncian ‘mañaneras’, pero Presidencia las bajó

En la misma sesión de la Comisión de Quejas se atendieron denuncias del PAN y el PRD contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por declaraciones realizadas durante las conferencias mañaneras de los días

22, 27, 28 y 29 de mayo de 2024, que podrían vulnerar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, por difundir propaganda electoral en periodo prohibido e intervenir en los procesos electorales federal y locales.

Sin embargo, aunque la Comisión planteaba la procedencia de las medidas cautelares en tres de esas conferencias, al verificar su existencia en la red, se encontró con que ya habían sido bajadas, por lo que se declaró la improcedencia por tratarse de hechos consumados.

EHR

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