A unas horas de que el INE apruebe los registros para los cargos de la elección federal, Morena pidió al Instituto Nacional Electoral que le aclararle los requisitos legales y constitucionales, así como la ruta que debe seguir un gobernador o gobernadora en funciones para que pueda ser incluido en la lista de plurinominales.
Aunque su pregunta fue genérica, la duda de Morena va dirigida a ‘blindar’ el registro del gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, quien fue incluido por vía pluirnominal para el Congreso de la Unión, lo que MILENIO reveló el año pasado que fue parte de las negociaciones con el partido a cambio de bajarse de la contienda interna para elegir la candidatura para la Jefatura de Gobierno.
Morena hizo cuatro preguntas al INE: "¿Cuáles son los requisitos formales, legales y constitucionales que necesita cumplir una gobernadora o gobernador si decide participar en la contienda electoral con un partido político, a cargo de una elección federal por el principio de representación proporcional?;¿el gobernador o gobernadora de un estado podría ser postulado a una candidatura en una diputación federal o senaduría por el principio de representación proporcional?
"¿Es necesaria la separación del cargo de Gobernador o Gobernadora de un estado al momento del registro como candidato a una senaduría o a una diputación federal por un partido político por la vía de representación proporcional ante este Instituto Nacional Electoral? De ser afirmativo ¿Tiene que ser licencia temporal o una separación definitiva?
Y "¿cuáles son las restricciones constitucionales, legales o reglamentarias que impiden el registro y postulación de un Titular de un Ejecutivo Local como candidato a una senaduría o diputación federal por el principio de representación proporcional?".
El INE respondió en el último punto del Consejo General de este martes tras más de 10 horas de sesión, que el artículo 55, fracción V, tercer párrafo de la Constitución, señala que los requisitos para ser legislador y destaca que “los Gobernadores de los Estados y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos”.
Sin embargo, el Tribunal Electoral determinó que las personas electas por vía plurinominal representan todo el territorio nacional y no sólo una entidad, pues son elegidas con base en la votación nacional.
Por lo que, basándose en conclusiones previas de la Sala Superior, el INE respondió que “el Gobernador o Gobernadora de un estado sí podría ser postulado a una candidatura a una diputación federal o senaduría por el principio de representación proporcional”.
Explicó que “los requisitos legales y constitucionales que requiere cumplir una Gobernadora o Gobernador, si decide participar en la contienda electoral por un partido político, en el cargo de una diputación federal o senaduría por el principio de representación proporcional se encuentran establecidos en los artículos 55 de la Constitución, en relación con el artículo 10 de la LGIPE”.
La LGIPE indica que se deben separar definitivamente de sus funciones 90 días antes de la elección, los titulares de organismos a los que esta Constitución otorga autonomía, secretarías o subsecretarías de Estado, titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la administración pública federal.
Estos requisitos no mencionan nada sobre la separación del cargo de un titular del Ejecutivo local, por lo que basándose en ello, Cuauhtémoc Blanco no tendría que separarse del cargo o sería el Tribunal Electoral el que debería definir su caso específico.