El actor ultraconservador, Eduardo Verástegui , llegó hasta el último ‘no’: El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le dio la negativa definitiva con la que se cierra por completo su caso para que no pueda insistir más en ser candidato presidencial independiente en el proceso electoral en curso, aunque queda pendiente su impugnación por la multa que se le impuso por ocultar aportaciones extranjeras.
Después de que el 29 de febrero el Consejo General del INE aprobó las candidaturas presidenciales y dejó fuera a Eduardo Verástegui, quien exigió su registro por la vía independiente por encima de la ley, pues no cumplió los requisitos para ser reconocido como candidato, el actor volvió a la Sala Superior para insistir en que tiene derecho en aparecer en la boleta presidencial.
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En esta ocasión, Verástegui aseguró que hubo más de dos millones de personas que intentaron darle su apoyo, pero la aplicación móvil del INE falló, “con lo cual se acredita que el requisito legal está cumplido porque de haber permitido ocupar las actas especiales o algún otro documento se hubiera cumplido en exceso el requisito de firmas”.
Sin embargo, el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña concluyó que el actor “tenía la carga de evidenciar, en todo el plazo para recabar el apoyo de la ciudadanía, que la aplicación presentaba inconsistencias y fallas, a fin de que fueran reparadas”, sin embargo, nunca lo hizo y se limitó a acusar fallas sin que éstas se pudieran acreditar.
“Si bien el actor sostiene que hay más de dos millones de intentos de firma, lo cierto es que ello es insuficiente para tener por cumplido el requisito del porcentaje de apoyo, porque se requiere la plena certeza de quién es la persona y su voluntad para apoyar a quien aspire a la candidatura, lo que en modo alguno se puede acreditar con una mera intención.
“Es decir, la intención se debió materializar hasta las últimas consecuencias, esto es, hasta el cumplimiento de todos los requisitos para considerar válido el apoyo, lo cual no sucede con una mera intención”.
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que la exigencia de Verástegui de que se le reconozca como candidato presidencial independiente a pesar de sólo haber presentado el 14 por ciento de las firmas de apoyo ciudadano que exige la ley, es inoperante.
Con lo que se cerraron sus impugnaciones para insistir en aparecer en la boleta presidencial.
El único caso que queda pendiente y que está a cargo del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, es su queja por la multa de 144 mil pesos que le impuso Morena por gastos no reportados, además de la investigación que encabezará el INE y las vistas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT), por aportaciones ilícitas y triangulaciones detectadas desde el extranjero por 6.9 millones de pesos, lo que iría en contra de las normas electorales mexicanas.
Sesión pública de la Sala Superior del INE
Por omisiones en gastos, Hugo Eric Flores tienen que pagar 414 pesos como ordenó el INE
El líder del extinto Partido Encuentro Solidario, Hugo Eric Flores, impugnó la multa que le impuso el INE por 414 pesos, por omitir el reporte de gastos en tiempo real de lo que costó recolectar firmas para sus aspiraciones presidenciales por la vía independiente, a pesar de que sólo entregó el apoyo de ocho personas.
Flores alegó que el INE no debió imponerle ninguna multa porque no consideró las dificultades que implicó reportar sus gastos.
El ex aspirante presidencial independiente reportó que recolectar las ocho firmas que presentó, le costó 50 mil pesos, sin embargo, el INE detectó gastos adicionales.
La Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que no le asiste la razón a Hugo Eric Flores, quien desistió de sus aspiraciones para sumarse a la contienda de la candidata presidencial Claudia Sheinbaum y debe pagar los 414 pesos que le impuso el INE de multa.
TEPJF también rechaza candidatura presidencial indígena
Rafael Ramos Ornelas, presidente del Consejo Nacional Mexicano de Pueblos Originarios y Comunidades Indígenas y Afromexicana, también alegó ante el TEPJF que el INE se haya negado a darle registro como candidato presidencial independiente indígena, pues considera que estas comunidades no están representadas.
En un proyecto del magistrado Felipe Fuentes, se determinó que si el INE no le otorgó la candidatura es porque se deben cumplir los requisitos legales para acceder a este registro,
“La ciudadanía tiene el deber de cumplir con los requisitos constitucionales y legales para obtener una candidatura a la Presidencia de la República, por lo que es necesaria que sea postulada por un partido político o bien, que agoten el procedimiento para obtener una candidatura independiente, sin que ello vulnere el derecho de libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas.
“Por otro lado, porque es ineficaz el agravio relacionado con que no es aplicable el calendario electoral aprobado por la responsable, ya que la presentación de la solicitud de registro fuera del plazo previsto no fue la razón principal para negarle su registro como candidato”.
IOG