Luego de que el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa, envió al Congreso local la iniciativa de reforma al Código Penal y la Ley de Vialidad que anunció la semana pasada para gravar las penas contra conductores que provoquen la muerte de otras personas por estar bajo los influjos del alcohol, este miércoles el Congreso local adelantó la agenda y aprobó la cancelación de la licencia de conducir hasta por 10 años a aquellos que participen en “arrancones”.
Los diputados Tonantzin Fernández y Jonathan Collantes reconocieron que manejar a exceso de velocidad provoca numerosos accidentes, aun cuando los arrancones se dan, en la mayoría, por la noche.
Dicha reforma se da al artículo 51 Bis de la Ley de Vialidad para el Estado de Puebla para proteger la vida de los transeúntes, así como de los automovilistas.
El diputado Jonathan Collantes reveló que los arrancones se registran en lugares como la Vía Atlixcáyotl, Municipio Libre, Circuito Juan Pablo Segundo, Esteban de Antuñano, Hermanos Serdán, Forjadores, Periférico Ecológico, entre otros puntos.
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Esta reforma trascendió luego de que el gobernador Miguel Barbosa Huerta enviara la iniciativa para retirar la licencia a los conductores que provoquen accidentes bajo los influjos del alcohol. El mandatario expuso en su iniciativa que "es indispensable contar con mecanismos que progresivamente garanticen la vida y la integridad física de quienes transitan utilizando vías de comunicación en forma cotidiana para realizar actividades que les llevan a conseguir fines lícitos".
Tal y como lo anunció tras el deceso de dos menores de edad, quienes fueron arrollados en Atlixco por un conductor en tercer grado de alcoholemia, el mandatario explicó que hay quienes cometen "actos de indiferencia que consisten en la desvalorización de la vida e integridad física, por quienes, a sabiendas que operarán un vehículo automotor, consumen bebidas alcohólicas o sustancias clasificadas como drogas".
Según lo propuesto por Barbosa, entre las nuevas adecuaciones al artículo 85 Bis del Código Penal de Puebla "se sancionará con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia. La duración de la suspensión podrá ser de uno a diez años".
A ello se suma que el artículo 323 Bis ahora propone que se impongan de tres a ocho años de prisión a quienes conduzcan un vehículo automotor y causen la muerte o lesiones a terceros, al encontrarse "en estado de embriaguez superior al primer grado o bajo el efecto de estupefacientes, enervantes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca un efecto similar".
AFM