Corte desecha recurso de 'El Bronco' con el que buscaba evitar sanción a su secretario

El ministro Juan Luis González Alcántara determinó que el gobernador de Nuevo León carece de legitimación para interponer el recurso de queja, pues comparece en defensa de intereses particulares.

Manuel González, secretario General de Gobierno en NL. (Orlando Maldonado | Archivo)
Rubén Mosso
Monterrey /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó un recurso de queja que promovió el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, donde reclamó la sanción que se le impuso al secretario general de Gobierno, Manuel González Flores.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó sancionar de manera inmediata a González Flores por desvío de recursos durante el acopio de firmas para la candidatura presidencial de Jaime Rodríguez.

El Bronco alegó que la resolución es violatoria de las medidas cautelares impuestas el 2 y 28 de octubre de 2019, en el presente incidente de suspensión.

El ministro Eduardo Medina Mora otorgó en su momento una suspensión a Rodríguez Calderón que impide ejecutar las sanciones en su contra, resolución que fue confirmada el 15 de enero por la Segunda Sala de la Corte.

La Sala del TEPJF ha determinado que la suspensión sólo protege a El Bronco y no otros funcionarios.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá puntualizó que El Bronco carece de legitimación para interponer el recurso de queja, al comparecer en defensa de intereses particulares y no del poder al que representa.

En su acuerdo, el ministro puntualizó:

“Consecuentemente, es dable advertir que el promovente no interpone este recurso de queja en defensa de los intereses del poder al que pertenece, -es decir del Poder Ejecutivo de Nuevo León, que es quien tiene el carácter de actor en la controversia constitucional de la que este incidente deriva-, sino de los intereses del secretario de gobierno estatal”.

Alcántara enfatizó que la controversia constitucional y los recursos que de ella derivan, no son un medio de defensa instituido para proteger intereses de particulares, sino de los entes públicos previstos en la Constitución Federal”.


VJCM

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