Tlaxcala aprueba Ley Olimpia contra la violencia digital

El Congreso de Tlaxcala aprobó la Ley Olimpia, con la que se establecen amonestaciones penales contra quienes cometan delitos contra la intimidad sexual

Las penalizaciones aprobadas contemplan de tres a cinco años de prisión y multas que van de los 16 mil 800 pesos a 42 mil pesos (Especial)
Adolfo Tenahua
Tlaxcala /


Diferentes bancadas de partidos políticos del Congreso del estado de Tlaxcala formaron alianzas para aprobar la Ley Olimpia, con la que se establece sanciones penales contra quienes ejerzan violencia digital hacia las mujeres.

Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso de Tlaxcala aprobó la Ley Olimpia, con la que se establecen amonestaciones penales contra quienes cometan delitos contra la intimidad sexual al grabar, filmar o elaborar imágenes audios o video, reales o simulados, sin consentimiento o mediante engaños a una persona.

En la sala de plenos y ante decenas de mujeres reunidas en el Congreso local, las legisladoras locales, Laura Yamili Flores Lozano y Leticia Hernández Pérez, explicaron que las reformas al Código Penal estatal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia son el resultado del impulso de las organizaciones civiles para proteger los derechos a la intimidad personal, a la intimidad sexual y al ejercicio libre y protección de los derechos sexuales que salvaguarden la integridad de las mujeres.

Cabe señalar que las modificaciones aprobadas contemplan penas de tres a cinco años de prisión y multas que van de los 16 mil 800 pesos a 42 mil pesos para quienes cometan delitos contra la intimidad sexual al grabar, filmar o elaborar imágenes audios o videos, reales o simulados, sin consentimiento o mediante engaños de una persona.

Asimismo, las conductas a penalizar implican acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión sin consentimiento de contenido íntimo, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras verdaderas o alteradas.

Las sanciones incrementarán una mitad de las antes mencionadas cuando el sujeto activo del delito tenga una relación afectiva, laboral, familiar o de amistad, y si se trata de una víctima en situación de vulnerabilidad social, mujeres con discapacidad o contra menores de edad.

La Ley Olimpia también establece la destitución de los funcionarios que ejerzan violencia digital contra mujeres, además de que la denuncia por este tipo de delitos se iniciará por querella.


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