IEEH deberá atender denuncia de posible violencia política en razón de género

El TEEH escindió el TEEH-JDC-210/2020 debido a que señalaron que se incurrió en este delito dentro del medio de impugnación para revertir el registro

María Luisa Oviedo Quezada, magistrada presidente del TEEH. (Jorge Sánchez)
Pachuca /

Las acusaciones de posible violencia política en razón de género emitidas por las aspirantes a un cargo de elección popular del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en Tezontepec de Aldama, Ana Lilia Fuentes Cornejo, y Herlinda Cornejo Pérez, deberán ser indagadas por el Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) mediante un Proceso Especial Sancionador (PES).

Así sentenció la magistrada presidenta del Tribunal Electoral del estado (TEEH), María Luisa Oviedo Quezada, al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-210/2020, mismo que escindió para que estos señalamientos sean investigados por el órgano electoral local.


Por otro lado la pretensión que mantienen ambas actoras para revocar el registro de la planilla en esa demarcación es similar a los agravios esgrimidos en el TEEH.JDC-116/2020, por lo cual ordenó su acumulación con este medio de impugnación para ser resuelto en una sesión posterior.

En tanto el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez desechó dos juicios más: el TEEH-JDC-084/2020, interpuesto por Miguel Ángel Peña Sánchez y el TEEH-JDC-178/2020 de Humberto Huesca García; ambos contra la designación de candidatos a contender en la renovación del ayuntamiento de Zempoala por Morena.

Lo anterior ya que sus agravios fueron declarados infundados al confirmar el dictamen emitido por la Comisión Nacional de Elecciones (CNE) del partido guinda, en el cual determina la selección de todos sus aspirantes a un cargo de elección popular en esta elección de 2020, pues actuó en apego a sus facultades, del principio de autodeterminación y la facultad discrecional que le permite elegir a los perfiles idóneos para abanderar su proyecto.

De igual forma Oviedo Quezada determinó la misma improcedencia del TEEH-JDC-105/2020, interpuesto por Daniel Velázquez Peña, contra la selección de candidatos y candidatas en el municipio de Tasquillo, pues bajo el mismo criterio se declaró infundado el agravio, ya que el dictamen de la dirigencia nacional se mantiene firme y justifica el proceso interno.

Finalmente la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo ratificó el registro del candidato de Xochicoatlán por el Partido del Trabajo (PT) al desechar el TEEH-JDC-188/2020 interpuesto por David Cuevas Covarrubias, pues aunque acusó que el órgano electoral local modificó estas designaciones de manera irregular, Mixtega Trejo confirmó el acuerdo IEEH-CG-050/2020 al considerar que no únicamente se garantizó la paridad de género y no se violentan los derechos políticos y electorales del actor, ya que fue designado como aspirante a síndico.

  • Teodoro Santos

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