La Unidad de Inteligencia Financiera, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), no logró revocar las diligencias de la sentencia de amparo que abrieron la puerta para que el ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, apelara la condena de nueve años años de prisión dictada en su contra.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en la Ciudad de México emitió un acuerdo donde determinó no aceptar la petición de la UIF, la cual interpuso un recurso de revisión, alegando que este caso aún no es cosa juzgada, por lo que deben anularse las actuaciones.
“Se tiene por recibido el oficio de la directora general de la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP (como tercera interesada), por medio del cual realiza manifestaciones respecto al cumplimiento dado a la sentencia dictada en los presentes autos, y en específico solicita se declaren insubsistentes las diligencias realizadas por la autoridad responsable, pues manifiesta al fallo protector le falta reunir la calidad de cosa juzgada dado el recurso de revisión que hizo valer", señaló el Tribunal Federal.
- Te recomendamos "¿FGR y Poder Judicial a favor de Duarte?", por Maité Azuela Política
“Al respecto, dígase que no ha lugar a acordar de conformidad su solicitud, pues las sentencias de amparo directo, por regla general, causan estado por ministerio de ley, conforme a la fracción I del artículo 356, en relación con el 357 del Código Federal de Procedimientos Civiles”, puntualizó.
Los magistrados del tribunal dejaron claro que el amparo concedido a Javier Duarte “no resultó anticipado ni ilegal”, pues en términos del artículo 192 de la Ley de amparo la autoridad responsable debía dar cumplimiento inmediato a aquélla.
“En tal virtud, en el caso, no es aplicable la tesis que invocó la tercero interesada en su oficio, pues el criterio ahí asentado sólo corresponde a amparos indirectos, en los que las sentencias ahí dictadas no causan ejecutoria por ministerio de ley”, indicaron los magistrados.
En diciembre pasado, el primer Tribunal Colegiado otorgó un amparo al ex gobernador, sentencia que ordenó dar trámite al recurso de apelación con el cual pretende echar abajo la sentencia de nueve años de prisión dictada en su contra.
Posteriormente, el 5 de enero de 2020, el juez de control Juan Carlos Ramírez Benítez, del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte de la Ciudad de México, resolvió que Javier Duarte debe continuar en prisión, ante la posibilidad de que vuelva a evadirse de la acción de la justicia.
El juzgador también le negó la posibilidad de enfrentar su proceso en libertad o de permanecer en prisión domiciliaria. Sus abogados dijeron que había conseguido la ayuda de amigos y familiares para pagar un departamento con una renta mensual de 25 mil pesos.
Sin embargo, el juez indicó que esto solo demostraba que Javier Duarte contaba con apoyos económicos que podrían facilitarle su fuga.
Hace unos días, el ex gobernador de Veracruz impugnó la resolución del juez federal que rechazó su petición de dejarlo enfrentar su proceso en prisión domiciliaria, y quien ratificó que deberá permanecer en prisión el tiempo que dure su proceso.
En octubre de 2018, Javier Duarte fue sentenciado a nueve años de prisión tras declararse culpable de los delitos de asociación delictuosa y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
dmr