Publican ley “3 de 3” contra la violencia en el DOF

Agresores sexuales o familiares y deudores alimentarios no podrán acceder a un cargo público.

Ley 3 de 3 en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo. |Foto en Pixabay de ninocare
Azucena Rangel
Ciudad de México /

Este 29 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la llamada ley 3 de 3 contra la violencia la cual tiene como finalidad que ningún agresor de mujeres pueda acceder a un cargo público.

Dicha reforma contempla un cambio a los artículos 38 y 102 de la Constitución Mexicana los cuales hablan sobre materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.

La nueva adición contempla en el artículo 38 que quién tenga sentencia firme por abuso sexual, violencia familiar, violación a la intimidad sexual, delitos contra la vida y la integridad corporal, delitos contra el desarrollo psicosexual y violencia política contra las mujeres en razón de género, no podrá postularse a ninguno de los cargos mencionados.

Asimismo, en caso de que una persona este dentro del listado de persona deudora alimentaria morosa, esta no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Este conjunto de cambios fue aprobado previamente por las cámaras de Diputados y Senadores, y avalado por la Comisión Permanente del Congreso y con su publicación en el DOF, estas modificaciones entrarán en vigor a nivel federal a partir del 30 de mayo.

A través de redes sociales, Yndira Sandoval, promotora de esta reforma celebró su publicación el Diario Oficial de la Federación lo cual catalogó como un logro histórico de todas las mujeres.

Esta reforma comenzó a ser impulsada previó a las elecciones de 2021 por la agrupación Las Constituyentes MX con el objetivo de que ningún agresor de mujeres pudiera acceder a algún cargo desde el cual pudiera seguir ejerciendo violencia de género.

LG

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