Las Comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia y Medio Ambiente, aprobaron la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva, y decreto por el que se reforma el Código Penal, enviados por el gobernador Miguel Barbosa Huerta.
En sesión tras dos mesas de trabajo, se avaló la iniciativa que contempla de dos a 10 años de prisión.
Así como sanciones de hasta 481 mil 100 pesos, además de que los ayuntamientos estarán obligados a modificar sus reglamentos para castigar a quien rebase los decibeles de ruido permitidos en la Norma Oficial.
Cabe señalar que la propuesta de subir las sanciones por quien comete un daño ambiental fue presentada por el diputado panista, Eduardo Alcántara Montiel, ya que en la iniciativa de había propuesto como máximo hasta 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, 192 mil 440 pesos, por lo que subió 3 mil para quedar en 5 mil, es decir, hasta 481 mil 100.
En entrevista, el diputado Jaime Natale Uranga comentó que una de las modificaciones que se hizo es que pasó de 2 a 10 años los que coloquen un espectacular sin los permisos correspondientes, ya que la iniciativa contemplaba como mínimo 3 años de cárcel.
Agregó que igual los propietarios de la publicidad estarán obligados a destinar el 10 por ciento anual del tiempo para difundir el fomento al cuidado del medio ambiente y la concientización hacia las personas, así como para informar sobre acciones gubernamentales.
Del mismo modo, dijo que los ayuntamientos estarán en obligados a reformar sus reglamentos internos para sancionar a quien comete contaminación auditiva, es decir, quien supere los decibeles permitidos, que contempla una falta administrativa con arresto de 36 horas.
El diputado Eduardo Castillo destacó que se sumaron las modificaciones de los diputados, Jimmy Natale, Mónica Rodríguez Della Vecchia, Eduardo Alcántara y Laura Zapata.
No obstante, al cuestionarle cuales son las modificaciones, el legislador no pudo señalar cuales son, exponiendo que son más cambios de forma y redacción.
CHM