Diputados aprueban en lo general y particular uso lúdico de mariguana; ley pasa al Senado

Los diputados aprobaron aumentar hasta en una mitad las sanciones por posesión de más de 5.6 kilos de mariguana, cuando la víctima sea un menor de edad.

Listo, dictamen sobre uso lúdico de mariguana; diputados lo discutirán el lunes
Fernando Damián
Ciudad de México /

Tras 14 horas de discusión, con 250 votos a favor, 163 contra y 14 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó esta madrugada en lo general y en lo particular la Ley General para la Regulación del Cannabis y la devolvió al Senado para el análisis y eventual ratificación de los cambios al proyecto.

Durante la discusión en lo particular, el pleno admitió solo siete de 303 reservas presentadas por legisladores de los diversos grupos parlamentarios.

Destaca entre ellas una modificación propuesta por Morena a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal para imponer una multa de 80 a 300 días (de 7 mil 169 a 26 mil 886 pesos), además de la pena ya prevista de tres a siete años de prisión, a quien posea para comercialización o suministro más de 5.6 kilogramos de mariguana.

Aumenta asimismo las sanciones hasta en una mitad cuando la víctima sea una persona menor de edad o con discapacidad.

No obstante, la diputada Martha Tagle, de MC, denunció que la mayoría parlamentaria aprovechó dicha reserva para aumentar las penas a los consumidores de cannabis.

“Aquí queda comprobado que nuevamente están buscando penalizar la posesión para consumo (…); eso quiere decir que cuando una persona sea encontrada con más de cinco kilos tendrá esas penas, pero quiero que ustedes me digan, cuando se encuentren frente a un Ministerio Público, cómo demonios le van a explicar ese artículo para no ser extorsionados”, acusó.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó asimismo un cambio propuesto por el grupo parlamentario del PRI para dejar a la Secretaría de Agricultura la facultad exclusiva de emitir licencias relativas al aprovechamiento industrial del cáñamo, sin necesidad de opinión vinculante de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).

A iniciativa de Morena, los diputados federales admitieron también una reserva para prohibir la conversión de tierras con vocación forestal a cultivos de mariguana.

La fracción morenista presentó igualmente dos propuestas de cambio a la Ley General para Regulación del Cannabis con el propósito de modificar el concepto de “consumo abusivo” por el de “consumo problemático” de cannabis, a fin de evitar la estigmatización.

En sesión semipresencial, la Cámara de Diputados avaló igualmente una proposición del PRD para proteger el derecho de las personas a elegir libre y autónomamente cómo vivir su vida, sin ser criminalizados por el consumo del cannabis.

Finalmente se precisó en el decreto que el incumplimiento a las disposiciones de la nueva ley se sancionará administrativamente conforme a las leyes General de Salud, Federal de Sanidad Vegetal, Federal de Variedades Vegetales, de Desarrollo Rural y de Equilibrio Ecológico.

Uso lúdico de mariguana

Aprobada en lo general ayer por la tarde, la Ley Federal para la Regulación del Cannabis prevé despenalizar la posesión de hasta 28 gramos de cannabis para consumo personal y autorizar el cultivo de hasta seis plantas en casa para autoconsumo o hasta ocho cuando en la vivienda resida más de un consumidor.

Con cambios de forma y de fondo al proyecto del Senado de la República, el nuevo ordenamiento avalado en el Palacio de San Lázaro cancela la creación del Instituto Mexicano de la Cannabis y deja al Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic) como órgano rector de la cadena productiva y consumo de mariguana.

Entre las facultades del Conadic estaría la de autorizar y revocar las licencias de producción, distribución, comercialización y venta final de la mariguana.

El ordenamiento reconoce el derecho de las personas mayores de 18 años a consumir cannabis psicoactivo con fines recreativos, siempre y cuando el consumo se realice sin afectar a terceros, especialmente a menores de edad.

Considera asimismo la posibilidad de constituir asociaciones de cannabis para cultivar y poseer hasta cuatro plantas por socio, sin exceder de 50 en total, para consumo con fines lúdicos.

El nuevo ordenamiento prohíbe expresamente el consumo de cannabis y sus derivados por personas menores de dieciocho años, así como en áreas de trabajo o instalaciones escolares públicas o privadas, cualquiera que sea el nivel educativo.

Impide también la venta de cannabis o sus derivados por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet o cualquier otro medio de venta no personalizado.


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