Ministro de la Corte propone justicia para Sandra Camacho y freno a la violencia mediática por feminicidios

Sandra fue asesinada en 2013, pero los medios la revictimizaron al enaltecer a su asesino como "un genio", apodado el asesino de Tlatelolco.

El ministro de la SCJN Juan Luis González Alcántara Carrancá presentará la propuesta. | Cuartoscuro
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) buscará no solo ofrecer justicia para Sandra Camacho Aguilar, víctima de feminicidio, sino también abrir la puerta para que autoridades federales y locales puedan solicitar la suspensión o bloqueo de cuentas de usuarios en medios electrónicos, con el propósito de eliminar los mensajes que puedan afectar a la niñez y dañar a las víctimas y a sus familias en este tipo de casos.

Juan Luis González Alcántara Carrancá presentará esta semana un nuevo proyecto para amparar a la familia de la adolescente y para que se les reconozca el carácter de víctimas, además de que se dicte una nueva sentencia contra Javier Méndez Ovalle, El asesino de Tlatelolco.

El proyecto hace una crítica a los medios de comunicación por el lenguaje sexista que cosifica y desvaloriza la vida de las mujeres, por lo que propone que en este caso la Procuraduría Federal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como las autoridades de la Ciudad de México puedan solicitar como medida cautelar la suspensión o bloqueo de cuentas de usuarios en medios electrónicos, a fin de evitar la difusión de información, imágenes, sonidos o datos que puedan contravenir el interés superior de la niñez.

De aprobarse la propuesta con cuatro de cinco votos, sentará jurisprudencia y abrirá la puerta para que cualquier fiscalía del país pueda hacer lo mismo en este tipo de delitos.

De acuerdo con el expediente, Javier Méndez tenía 19 años al momento del crimen y, estuvo pretendiendo a Sandra Camacho de 17, quien tenía como proyecto de vida estudiar la carrera de nutrióloga en una universidad del Estado de México.

La contactó por la red social Facebook hasta que se ganó su confianza y la citó en una estación del Servicio de Transporte Colectivo Metro.

El crimen se cometió el 28 de junio de 2013, en el interior del departamento que vivía el ex estudiante del Instituto Politécnico Nacional (IPN). El cuerpo de la adolescente fue desmembrado y sus restos esparcidos en bolsas en botes basura y en una jardinera de la Unidad Habitacional de Tlatelolco.

El caso generó indignación nacional y también provocó la molestia de grupos de derechos humanos, debido a que se revictimizó a Sandra Camacho, ya que algunas publicaciones destacaban al agresor como “estudiante modelo” y “genio”, debido a su historial académico.

“…esta Primera Sala advierte que en los casos en que los medios de comunicación y las notas de prensa utilizan un lenguaje sexista que cosifica y desvaloriza la vida de las mujeres se vulneran los derechos al honor, a la vida privada, a la igualdad y a la dignidad de las víctimas de feminicidio, así como el derecho a la integridad psicoemocional de sus familiares, quienes ven profundizado su dolor y sufrimiento al ver a su hija, hermana o madre siendo degradada, culpada o cosificada, y al agresor siendo justificado por sus logros o su condición psicosocial.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá | Imagen de archivo, Cuartoscuro
“El uso de esta narrativa no sólo tiene consecuencias en lo individual, sino también trasciende a lo colectivo. Uno de sus efectos principales es la minimización del fenómeno de los feminicidios, la normalización de los estereotipos de género nocivos y la imposición de la creencia de que si una mujer víctima de este delito no cumple con cierto ‘perfil’ o con ciertas características concebidas en el imaginario como ‘ideales’, entonces es justificable lo que le sucedió”, señala el ministro.

El proyecto también propone que se lleve a cabo una nueva valoración probatoria que establezca que el feminicida agredió sexualmente a la menor, y que se reconozca que existía una relación de confianza al momento de los hechos.

El ministro agrega que en este caso deberán ser tomadas en cuenta medidas de reparación integral del daño a favor de las víctimas indirectas, a la luz de la perspectiva de adolescencia y de género. De igual manera, daños materiales. Para cuantificar esta prestación, se deberá tomar en consideración, por lo menos, los gastos en que ha incurrido la parte quejosa por la muerte de su hija, los gastos funerarios y aquellos derivados de la tramitación del presente juicio.

Daños inmateriales. Esta prestación deberá ser cuantificada por el daño psicoemocional causado, ya que es sumamente grave por las circunstancias en que sucedieron los hechos, las lesiones y mutilaciones en el cuerpo de la víctima…

Asimismo, daño al proyecto de vida de Sandra Camacho; además, de medidas de rehabilitación, en las que se deberá tomar en consideración los gastos derivados de la atención psicológica de todos los integrantes de la familia que se han generado desde que sucedieron los hechos, entre otros.

SNGZ

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