La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados discutirá y votará este lunes el proyecto de reformas en materia de consulta popular y revocación de mandato.
Entre otros aspectos, permitirán al presidente de la República proponer la celebración de estos ejercicios en cualquier momento y no solo el día de las elecciones federales, como lo prevé el texto constitucional actualmente.
Con cambios de última hora propuestos por Morena, PES y PT, el predictamen reduce asimismo de 2 a 1.5 por ciento del listado nominal de electores el requisito mínimo de firmas ciudadanas para solicitar una consulta pública.
El proyecto establece que las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional serán convocadas por el Congreso, a propuesta del presidente, 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las cámaras legislativas o los ciudadanos, “en un número equivalente a 1.5 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores”.
“La consulta o las consultas populares se realizarán en la fecha que se establezca en la convocatoria”, señala el documento distribuido por la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Miroslava Carrillo.
Por lo que hace a la revocación de mandato del presidente de la República y como lo anticipó este diario el pasado martes, el predictamen señala que los resultados de la consulta revocatoria serán vinculantes cuando así lo defina la mayoría absoluta de votos, siempre que concurra al menos 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.
La revocación del mandato se podrá solicitar durante el primer periodo de sesiones del segundo año de la legislatura para, en su caso, llevarse a cabo el día de las elecciones federales intermedias.
Ello, a propuesta del propio titular del Ejecutivo, de una tercera parte de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión o del equivalente a 1.5 por ciento de los electores registrados en la lista nominal.
El predictamen originalmente distribuido a los legisladores integrantes de la comisión preveía como requisito mínimo, en el caso de los ciudadanos, las firmas del equivalente a 33 por ciento de los que hubieran votado por el presidente de la República en funciones.
El Instituto Nacional Electoral (INE) tendría a su cargo la organización y el desarrollo de la votación de la consulta revocatoria, aunque sus resoluciones podrán ser impugnadas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Los magistrados del tribunal emitirán la declaratoria de validez del proceso de revocación de mandato.
La propuesta que este lunes será votada por el pleno de la Comisión de Puntos Constitucionales prevé asimismo la posibilidad de que las constituciones de los estados y de la Ciudad de México incorporen la figura de revocación de mandato de los gobernadores y del jefe de Gobierno de la capital del país.
Morena va por consultas sin límite y en cualquier fecha
Hoy, debate en comisión.
El predictamen reduce de 2 a 1.5% del listado nominal de electores el requisito mínimo de firmas ciudadanas para solicitar el ejercicio.
Ciudad de México /
LAS MÁS VISTAS