Así quedas las nuevas infracciones y sanciones viales en Estado de México

Si no tienes licencia o te falta realizar algún trámite de tránsito será mejor que te actualices porque éstas son las nuevas multas e infracciones.

Estacionarse en sitios prohibidos amerita pedirte la licencia. | Archivo
Claudia Hidalgo
Toluca /

A partir de este miércoles son reconocidas legalmente las licencias digitales de conducir y entran en operación nuevas sanciones, entre las cuales se incluye el retiro de placas no vigentes y su envío al corralón, así como el quitar la licencia o permiso de conducción a quien reincida o cometa infracciones graves.

De acuerdo con el reglamento son motivos de suspensión de la licencia, permiso provisional de práctica o certificado médico toxicológico, para conducir vehículos hasta por 6 meses cuando el titular:

  • Cometa, en el término de un año, tres infracciones de las que se sancionan con más de 3 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
  • Permite que su licencia o permiso provisional de práctica para conducir vehículos o certificado sea utilizada por otra persona.
  • Contraiga una enfermedad o le sobrevenga alguna discapacidad o lesión que le inhabilite temporalmente para conducir y no acredite contar con certificado médico donde se señale su aptitud para hacerlo o cuando así lo determine la autoridad competente.

En el transporte público se cancelará la licencia o certificado médico cuándo: 

  • Conduzca con una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro.
  • Contraiga una enfermedad o discapacidad que le imposibilite permanentemente conducir. 
  • El titular sea sancionado en dos ocasiones con la suspensión de licencia provisional o permiso y por la resolución ejecutada de la autoridad competente.

¿Retiro de placas e infracciones?

En esta ocasión incluyeron la posibilidad de retirar las placas de matriculación de vehículos de uso particular que no estén vigentes para su envío a la Secretaría de Finanzas y proceder a la retención y remisión inmediata de vehículos al depósito más cercano. La sanción es de 20 UMAS, es decir mil 924 pesos.

Para regresar el vehículo es indispensable comprobar su propiedad o la legal posesión, el pago previo de las multas y derechos correspondientes, licencia vigente y portar las llaves del vehículo, además de regularizar la vigencia de las placas de circulación, lo que implica hacer el trámite de nuevo emplacamiento.

Únicamente en caso flagrante de infracción a las disposiciones del Reglamento de Tránsito las agentes de tránsito podrán detener la marcha de un vehículo y exigir a su conductor la exhibición de su licencia y, o permiso para conducir el vehículo de que se trate, tarjeta o el permiso provisional donde se ampare la circulación de la unidad.

Para efectos de flagrancia se entiende cuando una persona es sorprendida en el momento de estar cometiendo una infracción, es decir, por pasarse el alto, manejar con exceso de velocidad, estacionarse en lugar prohibido, invadir carril confinado para el transporte masivo, entre otras faltas; o bien, que inmediatamente después de cometerla, es perseguida material e ininterrumpidamente.

Dentro de las infracciones quedó contemplada una sanción de 20 UMAS, a quien no realice el pago correspondiente de peaje de las casetas ubicadas en la infraestructura vial de cuota y para quien no traiga placas vigentes.

La misma multa será por conducir sin licencia y, o permiso, así como la retención del vehículo, o cuando se presenten documentos de otra persona y el vehículo no tenga tarjeta de circulación.

Baja castigo por contaminar

En el caso de las infracciones a la circulación de vehículos que violen las normas aplicables en materia de contaminación ambiental, de carga riesgosa, peligrosa, o que estén limitadas, se aplicará multa de 15 a mil veces el valor diario de la UMA. Antes el factor que se tomaba en cuenta era el salario mínimo, por lo cual baja la sanción en 44 por ciento, pues antes era de hasta 172 mil 870 pesos.

Cuando haya reincidencia y sanciones por infracciones graves podrá aplicarse una multa de uno hasta 30 UMAs, así como la suspensión o cancelación de la licencia para conducir o cancelación de la matrícula del vehículo.

En varios casos la tarifa base es la misma, lo que cambia es el factor, en lugar de considerar salarios mínimos, se contemplan UMAs, con lo cual las sanciones bajan pues el salario mínimo vigente este año es de 172.87 y la Unidad de Medida y Actualización de 96.22 pesos.


KVS

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