Desecha Tribunal la demanda de Guillermina Vázquez; proceso sigue

Resolución. Al declarar improcedencia, se mantiene la decisión del INE de remover a quien fuera la consejera presidenta del órgano electoral de Hidalgo hasta enero

Guillermina Vázquez, ex consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. (Especial)
Pachuca; Hidalgo /

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente la demanda presentada por la exconsejera presidenta del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Guillermina Vázquez Benítez, a través del cual pretendió revocar la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de no suspender el proceso de remoción iniciado en su contra en el expediente UT/SCG/PRCE/CG/13/2020.

Esto al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía (JDC) bajo expediente SUP-JDC-52/2022, promovido por la otrora titular del IEEH, en contra del acuerdo INE/CG48/2022 del Consejo General del INE, en el cual se acordó como improcedente su petición para suspender el procedimiento de remoción instaurado en su contra, con motivo la presunta realización de conductas en el ejercicio de su cargo que configuran causales de remisión.

Pese a esto, el órgano jurisdiccional federal desechó la demanda debido a que el pleno consideró por unanimidad que la demanda “quedó sin materia”, por lo cual no se analizó a fondo la impugnación presentada por Vázquez Benítez; cabe recordar que la ex consejera presidenta aún mantiene un juicio pendiente de resolución, SUP-JDC-54/2022, en contra el acuerdo INE/CG49/2022, a través del cual el INE la removió de su cargo por incumplir con la implementación del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) en los comicios del 2020 para renovar los ayuntamientos de la entidad, así como la ilegal implementación de la herramienta denominada “Preliminares 2020”.

Todo en regla 

Por otro lado, al resolver los Juicios de Revisión Constitucional (JRC) bajo expedientes, SUP-JRC-8/2022 y SUP-JRC-21/2022, la Sala Superior del TEPJF desestimó los agravios esgrimidos por el partido Morena en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en el Recurso de Apelación (RAP) TEE-RAP-MOR-001/2022 que confirmó la resolución IEEH/CG/R/001/2022 en la cual otorgó el registro a la coalición “Va por Hidalgo”; así de la sentencia del TEEH-RAP-MOR-002/2022, que revocó parcialmente el acuerdo IEEH/SE/MC/PES/002/2022 emitido por el Secretario Ejecutivo del IEEH, por el cual se declaró improcedente la solicitud del partido guinda de adoptar medidas cautelares, relacionadas con presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, atribuidos a Alma Carolina Viggiano Austria y por culpa in vigilando del Partido Acción Nacional (PAN), derivado de la publicación de diversos mensajes en redes sociales.

Lo anterior, debido a que el órgano jurisdiccional federal consideró que la autoridad electoral, así como el TEEH, analizó y fundamentó de manera adecuada cada acuerdo y resolución, por lo cual confirmó el registro de la coalición entre los partidos PAN, Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) para competir en la renovación de la gubernatura el próximo cinco de junio; así como la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña presuntamente llevados a cabo por la aspirante a la candidatura del albiazul, Alma Carolina Viggiano Austria.

La salida 

El 2 de febrero el Consejo General del INE aprobó remover a la presidenta del Instituto Electoral del Estado de Hidalgo, Guillermina Vázquez y al consejero Francisco Martínez por “negligencia, ineptitud y descuido” en los resultados preliminares de la elección de 2020.

El 28 de octubre de 2020 Morena denunció a los consejeros del IEEH por la “notoria negligencia y descuido en el desempeño de la función electoral”, al aprobar la sustitución del PREP por la herramienta Preliminares Hidalgo 2020 no avalada por el INE, y haber fallado en la contratación de la empresa encargada de implementar y operar el PREP, incumplir acuerdos, vulnerar principios electorales y excluir a las representaciones de los partidos de simulacros.

El 19 de marzo de 2021 el Consejo General del INE aprobó la suspensión del procedimiento de remoción, pues de continuar con el trámite, en caso de emitir una resolución de fondo que tuviera como efecto jurídico la remoción de los consejeros denunciados, se podría afectar de manera grave el correcto desarrollo de los proceso electorales entonces en curso en el estado de Hidalgo, al haber instaurado en contra de los consejeros pectorales del IEEH. 


  • Teodoro Santos

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