La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la destitución de la exconsejera presidenta, Guillermina Vázquez Benítez, y del otrora consejero electoral Francisco Martínez Ballesteros, ambos del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) en el acuerdo INE/CG49/2022 del pasado 31 de enero.
Pese a que los dos actores impugnaron la resolución de la autoridad electoral respecto del procedimiento de remoción de consejeras y consejeros electorales con expediente UT/SCG/PRCE/CG/13/2020 y acumulado, integrado con motivo de la vista ordenada por la Comisión Temporal para el seguimiento de los procesos electorales locales 2019-2020, por el incumplimiento en la aplicación del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) y la ilegal aplicación de la herramienta “Preliminares 2020”; la ponencia del magistrado presidente del órgano jurisdiccional federal, Reyes Rodríguez Mondragón, desechó las demandas en los Juicios de la Ciudadanía (JDC) SUP-JDC-54/2022 y SUP-JDC-55/2022, así como en el Recurso de Apelación (RAP), SUP-RAP-30/2022.
El órgano jurisdiccional federal desestimó los agravios esgrimidos por Vázquez Benítez y Martínez Ballesteros, al declararlos infundados e ineficaces; pues, “la parte actora trató de restar relevancia del PREP, así como la calendarización de actividades electorales de Hidalgo para el proceso electoral 2019-2020 y el cumplimiento puntual de dicho procedimiento; se razona que dicho incumplimiento de las reglas para desarrollar el PREP implicó que no se contara con el mismo y se substituyera con una herramienta que no fue avalada por el INE, no es excusa para la ausencia del PREP; además se advierte que se transgredió el principio de máxima publicidad y poniendo el riesgo la certeza de la elección”.
Habrá nueva convocatoria para presidencia del IEEH
Por otro lado, la Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo INE/CG84/2022 donde se aprobaron las convocatorias para la a selección y designación de las consejeras y consejeros presidentes de los organismos públicos locales de las entidades de Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Estado de México, Hidalgo, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz, en específico la correspondiente al organismo público local del estado de Hidalgo; esto al resolver el SUP-JDC-56/2022, interpuesto por Nubia Verenis Paredes Ángeles, quien compite por la presidencia del IEEH, debido a que consideró que la convocatoria debía ser limitada a mujeres.
Al encontrar los agravios fundados, el órgano jurisdiccional revocó el INE/CG84/2022, y con ello la convocatoria emitida por el INE para ocupar la vacante de la presidencia del IEEH, “el agravio es fundado y suficiente para revocar la convocatoria para ocupar el cargo de consejera presidenta del IEEH, en virtud de que el INE dejó de observar el principio de alternancia en la asignación de integrantes del Consejo General, de igualdad en el derecho de acceso a cargos públicos, por lo cual debe emitirse una convocatoria exclusiva para mujeres, porque el Consejo General del IEEH nunca ha sido integrada por mayoría de mujeres, así como que una mujer sólo una vez ostentó este cargo en el máximo órgano de dirección”.
Finalmente, se ordenó al INE que emita una nueva convocatoria conforme a los que establece en la sentencia, por lo cual los 50 perfiles que al momento competían por esta vacante quedan descartados, ya que debe publicarse un nuevo documento donde sólo se convoque la participación de mujeres y con ello inicie un nuevo proceso que garantice la paridad en la integración del Consejo General del IEEH.