La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó las demandas interpuestas por el ayuntamiento de Ixmiquilpan en los Juicios Electorales (JE) bajo expedientes ST-JE-16/2022 y ST-JE-17/2022 a través de los cuales buscó revertir la determinación del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en los cuales ratificó la elección de delegados y subdelegados municipales de diversas comunidades de esta demarcación.
El órgano jurisdiccional federal determinó que la autoridad municipal carece de legitimación para impugnar la sentencia de su similar local debido a tener el carácter de autoridad responsable en los juicios de origen, por lo cual está impedida para cuestionar los actos que derivaron en la resolución de los Juicios para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expedientes TEEH-JDC-053/2022, TEEH-JDC-028/2022 y TEEH-JDC-055/2022.
Dentro del ST-JE-16/2022, el ayuntamiento de Ixmiquilpan buscó revertir la sentencia dictada por el TEEH en el expediente TEEH-JDC-053/2022, que entre otras cuestiones, revocó la resolución emitida por la Comisión Permanente de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares del Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo, dictada en el expediente AMI/CPGBRC/004/2022, en el cual declaró la nulidad de la elección de delegados y subdelegados de diversas comunidades, en específico, la del Barrio de Progreso, municipio de Ixmiquilpan; misma que el órgano jurisdiccional local ratificó y ordenó la emisión de nombramientos de estas figuras que fueron electas bajo los usos y costumbres de la comunidad indígena.
Por otro lado, en el ST-JE-17/2022, pretendía anular la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo en los expedientes TEEH-JDC-028/2022 y TEEH-JDC-055/2022 acumulados, que entre otras cuestiones, revocó el oficio DG-7.1*1C.9/00019/2022, emitido por la Directora de Gobierno municipal y el dictamen emitido por la Comisión de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares del Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Estado de Hidalgo, en el expediente AMI/CPGBRC/004/2022, que declaró la nulidad de la elección de delegados y subdelegados de diversas comunidades, en específico, en la Colonia Benito Juárez, municipio de Ixmiquilpan; en la cual tuvo la misma determinación de confirmar la elección de asamblea comunitaria y ordenar la emisión de nombramientos a las personas que fueron electas bajo los usos y costumbres de la comunidad indígena.