Piden que sea delito omisión de alertas de Protección Civil

Iniciativa. Los servidores públicos pagarán multa y serán inhabilitados para desempeñar cualquier cargo por 12 años

Hospital IMSS Tula, donde hubo fallecidos por la inundación. (Francisco Villeda)
Alejandro Reyes
Pachuca, Hidalgo /

Con el objetivo de que no se vuelvan a presentar hechos como los del Hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de Tula en donde 14 personas perdieron la vida a causa del desbordamiento del río, el coordinador de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN) en el Congreso del estado, Rodrigo Castillo Martínez, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para que se contemple como delito la omisión de alerta en función del empleo, cargo público o comisión.

Así la reforma plantea en los delitos cometidos en materia de protección civil del Código Penal que al servidor público que en razón de su empleo, cargo o comisión establecido o reconocido por la Ley de Protección Civil o su respectivo Reglamento de la Ley de Protección Civil omita emitir de forma expedita y por los medios a su alcance la pre alerta, alerta o alarma una vez enterado o informado de la existencia de un riesgo, alto riesgo, estado de emergencia o desastre inminente para la población, se le impondrán de cinco a 10 años de prisión.

Además de una multa de mil a dos mil unidades de medida y actualización vigentes y se le inhabilitará para desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión hasta por 12 años. Si con motivo de dicha omisión resultaren personas con lesiones graves o perdieren la vida, la pena se incrementará hasta dos tercios.

La reforma plantea también que a la persona que en razón de su actividad o profesión establecida o reconocida por la Ley de Protección Civil o su respectivo Reglamento de la Ley de Protección Civil y teniendo la obligación de hacerlo omita hacer del conocimiento de las autoridades de Protección Civil de forma expedita y por los medios a su alcance la existencia de un riesgo, alto riesgo, estado de emergencia o desastre inminente para la población, se le impondrán de cuatro a ocho años de prisión y multa de 800 a mil 600 unidades de medida y actualización vigentes al momento de los hechos.

“Por los trágicos hechos sucitados hace casi ya tres meses en el Hospital del IMSS de la ciudad de Tula de Allende, en los que casi una veintena de personas murieron a causa no solamente de las inundaciones ocasionadas por una combinación de causas naturales sino también por indebidas omisiones humanas, es que desde esta representación popular presento ante ustedes esta iniciativa”, argumentó Castillo Martínez desde el Pleno del Congreso.

Mencionó que el Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado de Hidalgo establece ya que todas las personas tienen el derecho y la obligación de denunciar ante la autoridad estatal de Protección Civil, todo hecho, acto u omisión que cause o pueda causar riesgo, alto riesgo, emergencia o desastre para la población.

Sin embargo, puntualizó que existe una laguna jurídica en el Código Penal del Estado de Hidalgo respecto a la omisión en el cumplimiento de algunas de las obligaciones más importantes para garantizar el adecuado funcionamiento de los sistemas estatales y municipales respectivamente.

La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del estado, Elvia Yanet Sierra Vite, turnó la iniciativa a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia para su análisis y resolución.

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