La fracción del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de ley para erradicar las aplicaciones informáticas, páginas de internet y cualquier otro medio digital destinados a ofrecer créditos exprés sin autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Según dijo la diputada Rocío Corona, principal promotora de la reforma al artículo 11 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, sólo 18 por ciento de dichas aplicaciones están reguladas, pero la mayor parte entrega créditos con intereses imposibles de pagar y usan los contactos guardados en los teléfonos de los clientes para llamarles y hacer “labores de cobranza”.
Tan sólo en 2022 se presentaron mil 505 denuncias de fraude al solicitar un crédito exprés y 39 por ciento del total de los casos con características de acoso se plasmaron en el Portal de Fraudes Financieros de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
“Estamos ante un delito frente al cual no hemos hecho realmente nada para combatirlo, erradicarlo, prevenirlo o, cuando menos, sancionarlo. No podemos ser indiferentes ante esta problemática y tampoco ser omisos respecto la corresponsabilidad que tenemos ante la sociedad como sus representantes”, puntualizó la legisladora.
Explicó que se trata de portales que no tienen oficina establecida, representación legal ni pagan impuestos; tampoco cuentan con reconocimiento como persona moral o respaldo de alguna institución financiera y mucho menos el registro de las autoridades.
La iniciativa prevé, por ello, la prohibición de operar, ofrecer servicios, ostentarse o promocionarse como Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital sin autorización de la CNBV.
Ello, a fin de erradicar aquellas quese encuentran fuera del marco y regulación de la ley, e impedir que sigan operando.
El proyecto establece que las ITF deberán proporcionar a sus clientes el contrato que respalde sus servicios, en donde se señale con lenguaje sencillo y claro la totalidad de conceptos, montos, retenciones, intereses o cualquier otro cargo que se cobrará.
No podrán, bajo ninguna circunstancia, cobrar intereses más allá del tiempo de duración de los contratos; modificar los términos, plazos, montos o condiciones acordadas durante el tiempo que dure el contrato; así como impedir o penalizar el pago anticipado de los préstamos o créditos.
Estarán igualmente impedidas para utilizar la información del cliente con fines publicitarios o de marketing, así como solicitar la instalación de aplicaciones o el permiso para acceder a la información de los clientes contenida en sus teléfonos celulares, tabletas, computadoras o cualquier otro dispositivo, con el fin de disponer de información como números de contactos, fotografías o videos.
LP