El Código Penal del Estado de México dedica un capítulo y cuatro artículos para al tema del aborto. Ahí se imponen cárcel y multa a quien cometa este delito, es decir interrumpa el embarazo.
¿Cómo se castiga el aborto en Edomex?
La pena es de tres a 8 años de prisión y de 50 a 400 días de multas si se hace sin consentimiento de la mujer embarazada. De uno a 5 años de prisión y de 30 a 200 días de multas si se hace con el consentimiento de la mujer en gestación. De tres a 8 años de prisión y de 50 a 300 días multa si se emplea violencia física o moral.
Al médico cirujano o partera que cause el aborto se le suspenderá de 3 a 6 años en el ejercicio de su profesión y hasta 20 años en caso de reincidencia.
A las mujeres que den muerte al producto o consientan que otra persona lo haga, se le castiga con uno a tres años de prisión y de 6 meses a dos años si lo hace por ocultar su deshonra.
Aborto en Edomex se permite bajo ciertas condiciones
Actualmente no se castiga la interrupción del embarazo cuando:
- Es resultado de un accidente.
- Es producto de una violación.
- Cuando corre peligro de muerte la mujer embarazada.
- Cuando el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas.
Se espera que con la despenalización del aborto se reformen los artículos 248, 249, 250 y 251 del Código Penal, para que las penas se eliminen, según sea el caso, y puedan abortar de forma legal en la entidad.
PNMO