Las comisiones legislativas iniciaron el análisis de reformas al Código Penal para tipificar de manera específica el grooming, delito cometido a través de las redes sociales en contra de menores para orillarlos a que compartan contenido sexual o pornográfico e involucrarlos en el mundo de la pornografía, donde México provee 60 por ciento del material que circula en el mundo.
Durante los trabajos de quienes integran la comisión legislativa de Procuración y Administración de Justicia, la diputada Ingrid Krasopani Schemelensky, insistió que estas conductas deben castigarse con penas de 4 a 8 años de prisión y hasta 16 años cuando la persona victimaria sea mayor de edad y engañe o simule ser una niña, niño o adolescente.
Las diferentes fracciones parlamentarias dijeron estar de acuerdo en puntualizar más este delito por la incidencia que tiene y presentaron varias propuestas para enriquecer la iniciativa, además van a revisar una serie de observaciones que envió la Fiscalía General de Justicia en torno a esta conducta.
- A través del diputado Gerardo Ulloa Pérez, la FGJEM considera que este tipo penal ya está considerado en el Código Penal, sólo que de manera genérica, por lo que propuso que sólo aumenten un inciso y clarifiquen el artículo 204 para no duplicar el contenido.
La proponente indicó que este tema no es nuevo pues ya se contempla en las legislaciones de las entidades de: Chiapas, Guanajuato, Jalisco y Ciudad de México, por lo cual sigue el Estado de México, para cerrarles todos los caminos y evitar impunidad en estos casos.
¿Qué es el grooming?
Puntualizó que el grooming es un proceso en donde una persona adulta crea un perfil falso haciéndose pasar por alguien de la misma edad o atractiva para los menores de edad y establecer contacto a través de cualquier dispositivo digital, red social, teléfono, computadora, dispositivo electrónico o de cualquier otra tecnología de la información y, o comunicación.
Esto, haciendo uso del engaño, mentiras o propuestas falsas contactan y enganchan a un menor, ganándose su confianza y logran que los menores se tomen fotos de su cuerpo de manera sugerente, con contenido sexual o pornográfico, mismas que los acosadores utilizan en distintas circunstancias con fines sexuales o incluso a veces también solicitan un encuentro físico con el menor a través de amenazas, engaños o chantajes; situación que puede conllevar a la comisión de otros delitos.
- En la exposición de motivos señala que el fácil acceso a la tecnología pone en riesgo a los menores y adolescentes, pues en sólo 12 minutos pueden ser atrapados y orillados a cometer conductas sexuales.
1.2 millones de niños víctimas de trata
De acuerdo a la ONU cada año alrededor de 1.2 millones de niños son víctimas de trata, el cual se convierte en el tercer delito más lucrativo después del narcotráfico y el tráfico de armas.
Estudios de hábitos de usuarios en México, de la Asociación Mexicana de Internet, señalan que actualmente hay 79.1 millones de usuarios, de los cuales 12 por ciento tienen entre 6 y 12 años y 14 por ciento entre 12 y 14 años, quienes pasan 8 horas con 20 minutos al día en internet, lo cual los hace más vulnerables.
- El Instituto Belisario Domínguez, del Senado de la República, indica que anualmente 21 mil menores son captados en las redes con fines de explotación sexual. Más de 50 por ciento de los delitos en internet se refieren a trata y explotación sexual, pues México genera más 60 por ciento de la producción pornográfica en el mundo.
KVS