Tras la extradición de Emilio Lozoya a México, el coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, aseguró que en México "no hay ni habrá pactos de impunidad ni excepciones a la ley”.
A través de un mensaje emitido en redes sociales, aclaró la situación jurídica que, de acuerdo con la Constitución y la ley, existe en el caso de Emilio Lozoya.
Comentó que, según lo informado, Lozoya es un testigo colaborador que accedió voluntariamente a ofrecer información para investigar, sentenciar o procesar a otros sujetos, ya sea que haya sido o sea integrante de la delincuencia organizada o de una asociación delictuosa, e incluso que sea beneficiario de un criterio de oportunidad.
Señaló que este es uno de los casos más emblemáticos de corrupción en la historia del país e indicó que la Fiscalía General de la República, que goza de autonomía constitucional, se encargará de deslindar responsabilidades.
El presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado recordó que la FGR imputa al ex director de Pemex los delitos de asociación delictuosa, operaciones con recursos de procedencia ilícita y cohecho.
Mencionó que de acuerdo con el artículo 21 constitucional, el Ministerio Público determinará los criterios de oportunidad para el ejercicio de acción penal, a través de los cuales se puede extinguir la acción penal o reducir la probable pena por un delito infringido, detalló.
Monreal señaló que, de acuerdo con el artículo 256 del Código Federal de Procedimientos Penales, cuando el imputado aporta información esencial y eficaz para la persecución de delitos graves que se le imputan, se aplicará este criterio de oportunidad.
“Obviamente, la información debe ser fidedigna y ayudar a la investigación y persecución de los delitos”, subrayó el senador.
Explicó que el Ministerio Público resuelve sobre este criterio de oportunidad; “por esa razón, aún falta precisar por parte de aquél las medidas de protección que puedan alcanzar al testigo y a las personas ligadas con vínculos de parentesco o afectivos con el mismo”, apuntó.
Por esa razón, dijo, aún falta precisar por el Ministerio Público las medidas de protección que puedan alcanzar al testigo y a las personas ligadas con vínculos de parentesco o afectivos con el mismo.
El legislador pormenorizó que todas las medidas de protección que estime la Fiscalía se deberán aplicar, entre ellas la salvaguarda de la integridad de personas físicas, psicológicas, patrimoniales y familiares; la reserva de la integridad y la vigilancia y custodia personal, de movilidad o domiciliaria.
ledz