Semarnat llama a SCJN para que Ley Minera priorice a pueblos indígenas

La dependencia confió en que la Corte priorizará "la vida, el territorio y el ambiente, por encima de los intereses de las empresas mineras".

Una comunidad de la Sierra Norte del estado de Puebla presentó un amparo ante la SCJN. (Archivo/Especial)
Ciudad de México /

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) expresó su confianza en que las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverán el amparo presentado en contra de la Ley Minera por la comunidad nahua de Tecoltemi, ubicada en el municipio de Ixtacamaxtitlán, al sudeste de la Sierra Norte del estado de Puebla, “conforme a los estándares de protección de derechos más altos para pueblos indígenas y núcleos agrarios y que priorizarán la vida, el territorio y el ambiente, por encima de los intereses de las empresas mineras”.

“Esta Secretaría expresa su interés en la resolución del caso, toda vez que anteriormente ha manifestado que el derecho a un ambiente sano es primordial y prevalece frente a intereses particulares que explotan las riquezas del subsuelo; es decir, no existe duda de que la preferencia establecida por la Ley para la minería es contraria a la preferencia que -derivada de las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado Mexicano- tiene el derecho al medio ambiente sano, así como al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades indígenas.”

El próximo 19 de enero, la Primera Sala de la SCJN discutirá el Amparo en Revisión 134/2021, en el que la comunidad indígena reclama la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de diversos artículos de la Ley Minera por establecer la preferencia de las actividades mineras sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, y por disponer la entrega de los territorios indígenas y agrarios (incluyendo el agua) a las corporaciones mineras hasta por 100 años.

"La minería es una actividad que la mayoría de las veces implica un impacto significativo en el ambiente, en los territorios y en las comunidades cercanas a las minas; deteriora el equilibrio ecológico en muchas ocasiones de manera irreversible y afecta los derechos y las vidas de las comunidades de México”.

La Semarnat indicó que a la fecha se encuentran vigentes 24 mil 66 concesiones mineras en el país distribuidas en 16.83 millones de hectáreas (el equivalente al 8.59 por ciento del territorio nacional), y en los últimos años, la dependencia ha atendido diversos casos de daños ambientales causados por la minería, en los que se encontró una vinculación y afectación a pueblos indígenas.

La pérdida de la cubierta vegetal, alteraciones de la calidad del aire y aguas superficiales y subterráneas, generación de drenaje ácido, degradación de ecosistemas terrestres y acuáticos y contaminación con sustancias de proceso o materiales depositados, son algunas de las consecuencias provocadas por esta industria extractiva, debiendo añadir que, con la complicidad de gobiernos pasados, las empresas mineras han arrasado con ecosistemas y cuencas hidrológicas, contaminando regiones enteras, por lo que sí hay relación directa de la Ley Minera y las concesiones derivadas de ella con los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, como lo es, principalmente, su territorio y el uso y disfrute permanente de sus bienes naturales.

Por lo anterior, esta Secretaría confía en que las y los ministros de la SCJN resolverán el asunto conforme a los estándares de protección de derechos más altos para pueblos indígenas y núcleos agrarios, y que priorizarán la vida, el territorio y el ambiente, por encima de los intereses de las empresas mineras.

EHR

  • Fanny Miranda
  • Reportera de MILENIO, fan de la naturaleza y cazadora de atardeceres. Por sus trabajos sobre medio ambiente, ha ganado el Premio Aleman de Periodismo Walter Reuter 2022 (2do lugar) y Premio Nacional de Periodismo de Ciencia, Tecnología e Innovación en 2016, entre otros.

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