Senado cambia dictamen para regular uso de mariguana; se podrá portar hasta 28 gramos

Comisiones del Senado intercambiaron el dictamen pasado por uno nuevo, que permitirá sembrar, plantar, cultivar, cosechar y aprovechar la mariguana, con ciertas excepciones.

Este dictamen busca beneficiar a productores locales y reducir los índices de criminalidad. (Archivo)
Silvia Arellano
Ciudad de México /

Las comisiones unidas de Justicia, Salud y Estudios Legislativos, Segunda del Senado aprobaron por mayoría sustituir un primer dictamen aprobado en marzo para regular el uso lúdico de mariguana. Este será cambiado por un segundo documento que presenta cambios de fondo, entre ellos, la posesión personal se incrementa de 5 a 28 gramos

De portarse de 28 a 200 gramos genera una sanción administrativa simple siempre y cuando no esté relacionado con delincuencia organizada, si fuera el caso, se incurre en un delito.


La portación superior de 200 gramos de mariguana se sancionará penalmente y los menores de 18 años no tendrán acceso al cannabis para su uso.

De acuerdo con el documento, otro de los cambios es que la Ley para la Regulación del Cannabis pasa a ser un ordenamiento federal, no general. Asimismo, se elimina el uso médico, farmacéutico o paliativo de la mariguana, el que remite a la Ley General de Salud.

El nuevo dictamen integra seis iniciativas, sumando un total de 17, que fueron aprobadas en lo general en marzo pasado.

Otro cambio relevante es que el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis no estará adscrito a la Secretaría de Gobernación, sino a la Secretaría de Salud.

A través de este segundo dictamen, se pretende la regulación del uso lúdico o recreativo de mariguana, con el propósito de prevenir y combatir las consecuencias del abuso del cannabis psicoactivo. Al mismo tiempo, contribuye a la reducción de la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico, fomentando la paz, seguridad, bienestar individual y de las comunidades.

Estas modificaciones permitirá sembrar, plantar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar, portar y consumir la mariguana. Así, se beneficia a pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, comunidades agrarias y en situación de marginación.

Sin embargo, el documento prohíbe el empleo de niñas, niños y adolescentes en cualquier actividad relacionada con la siembra, cultivo, plantación, cosecha, comercio, producción, distribución, suministro, venta y consumo de cannabis.

​lp

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