El Pleno del Senado aprobó prohibir que padres, madres o tutores utilicen la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de orejas, sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros actos que causen dolor o malestar como método disciplinario o correctivo en agravio de niñas, niños y adolescentes.
Durante la sesión de este miércoles, los legisladores de todos los partidos respaldaron reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código Civil Federal para prohibir a padres, madres y tutores recurrir a actos en donde se amenace, se asuste o se ridiculice a los menores de edad y adolescentes. Sin embargo, se dejó en claro que son sanciones correctivas y no penales.
Josefina Vázquez Mota, presidenta de la Comisión de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, dijo que el castigo corporal y humillante entre la niñez mexicana tiene una prevalencia muy alta y preocupante.
“Más de 60 por ciento de niñas, niños y adolescentes de entre 1 y 14 años son sujetos a agresión psicológica y castigo corporal en sus hogares. De acuerdo a la Fundación Guardianes en su más reciente encuesta realizada apenas este mes de agosto, 40 por ciento de niñas, niños y adolescentes sufrió violencia psicológica y física durante la cuarentena. Miles de hogares se convirtieron en miles de infiernos y amenazas para niñas, niños y adolescentes”, expresó.
Las modificaciones prohíben que quienes tengan trato con niñas, niños y adolescentes ejerzan cualquier tipo de violencia en su contra, en particular, el castigo corporal y humillante. Los cambios establecen que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, padre o de quienes ejerzan la patria potestad.
No se busca criminalizar a padres o tutores: Batres
El senador de Morena, Martí Batres, indicó que no se busca criminalizar a las madres o padres y esta norma se amplía a otras personas y en escuelas, centros de cuidado, instituciones religiosas y otras instancias de cuidado de dicho sector poblacional.
La senadora del PAN, Xóchitl Gálvez, recordó que de niña temía que su padre llegara alcoholizado, pues podrían presentarse golpes, por lo que reconoció el trabajo realizado por los senadores.
En la exposición de motivos del dictamen se señala que no se autoriza el uso del castigo corporal ni el trato humillante. Se define castigo humillante como cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador o que los menosprecie. El castigo corporal o físico se define como todo acto en el que se utilice la fuerza física.
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que los demás miembros de la familia les respeten su integridad física, psíquica y emocional.
Se destaca que el uso del castigo corporal y humillante provoca daños físicos, cognitivos y emocionales, entre ellos: dolores cabeza y estómago, colitis, incontinencia urinaria, pesadillas, problemas de atención y retención, alteraciones de la memoria, afectaciones en el desempeño escolar, hiperactividad, miedo, hostilidad, agresividad, ansiedad, angustia, retraimiento, trastornos depresivos y estrés post traumático.
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