La Sala Especializada del Tribunal Electoral concluyó que el presidente Andrés Manuel López Obrador generó inequidad en la elección federal para renovar el Congreso de la Unión, violó sus obligaciones constitucionales de imparcialidad y neutralidad, usó indebidamente recursos públicos y desacató las medidas cautelares impuestas por el INE al seguir interviniendo y opinando de la actual contienda.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le dio la razón al PRD y concluyó que por la mañanera del 1 de febrero en la que el presidente López Obrador adelantó las iniciativas de reforma para las que dijo, requerían ganar la mayoría calificada, cometió ilícitos electorales junto con su vocero Jesús Ramírez Cuevas y la directora de Comunicación Digital de la Presidencia, Jéssica Ramírez.
Así como el jefe de departamento de esa coordinación Pedro Ramírez Pérez y el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), Sigfrido Barjau de la Rosa por se responsables de la organización, producción y difusión de esa conferencia, quienes deberán ser sancionados por el Órgano Interno de la Presidencia, con excepción del presidente que la Constitución establece que no puede ser sancionado.
La sentencia concluyó que es existente la vulneración a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad ya que las manifestaciones hicieron referencia directa a temas de índole electoral.
“Sobre todo, al mencionar en el marco de presentación de una serie de iniciativas, que se requería de una mayoría calificada en las Cámaras de Diputaciones y Senadurías; que se acercaban las elecciones, lo que implicaba votar por el partido, partidos, coalición o alianzas, por la candidata o candidato y también por el proyecto; asimismo hizo referencia en tono de pregunta sobre elegir entre la continuidad del movimiento o el refresco de la política contraria a éste”.
Con un proyecto del magistrado Rubén Lara Patrón, la Sala Especializada confirmó que el presidente incurrió en ilícitos electorales desde la conferencia de prensa mañanera del 1 de febrero.
“Estas expresiones no son propias de un ejercicio de comunicación institucional como el que se debe observar en las conferencias matutinas del titular del Ejecutivo, ya que si bien, tanto el presidente de la República como las personas del servicio público encargadas de la organización, producción y difusión de la conferencia tienen un deber de cuidado mayor pues están obligadas a observar y conservar la equidad en los procesos electorales”.
Por lo que también confirmaron el uso indebido de recursos públicos, “ya que la conferencia matutina trasgredió los parámetros constitucionales y se destinaron recursos humanos y materiales para su difusión”.
El proyecto proponía declarar inexistente el desacato a las medidas cautelares del INE, porque en decenas de ocasiones se le ha pedido frenar sus intervenciones en procesos electorales, consideraba que “no resulta válido declarar incumplimiento por conferencias mañaneras previas”.
Sin embargo, las dos magistraturas restantes rechazaron este análisis pues consideraron que aunque las mañaneras son distintas, la falta es la misma, y López Obrador ya tenía tutelas preventivas de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE en las que lo llamaron a no volver a cometer estos posibles ilícitos electorales y lo hizo.
Pero al no poder ser sancionado, sólo se quedará con la sentencia y el registro habitual de servidores públicos sancionados por cometer ilícitos electorales.
EDD