Tipifican como delitos el ‘sexting’ y la porno venganza

En comisiones de la Legislatura local se estableció sanción que va de uno y hasta 14 años de prisión.

Se aprobó en comisiones. (Especial)
Claudia Hidalgo
Toluca /

Diputados locales aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal del Estado de México y reconoce el “sexting” y la “porno venganza” como delito, con penas de uno hasta 14 años y multa de 200 a mil Unidades de Medida de Actualización.

El dictamen fue aprobado por unanimidad de votos en las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y la de Procuración y Administración de Justicia y será sometido a votación en el pleno este jueves para que se mande al Ejecutivo y entre en vigor.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), subrayó que con esto buscan dar respuesta a una realidad que ha alcanzado a todos.

“Quizá no sea suficiente, pero para alcanzar una meta superior se deben dar los primeros pasos, todas las leyes son perfectibles y estaremos abiertos a tener que revisar de manera permanente”.

En el dictamen se puntualizó que se castigará a quien, con la anuencia del sujeto pasivo haya obtenido imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o contenidos audiovisuales de naturaleza erótico sexual o pornográfico y los difunda o exhiba sin el consentimiento de la víctima, a través de la tecnología.

En el dictamen de la iniciativa de Karina Labastida Sotelo se plantean una sanción de uno a cinco años de prisión y multa de 200 a 500 UMAs, con agravantes en si se presiona o si las víctimas son menores de edad.

Las penas y sanciones aumentarán hasta en una mitad, cuando el sujeto activo sea o haya sido la o el cónyuge, concubina o concubinario o haya tenido alguna relación sentimental con la víctima o tenga fines lucrativos.

Se castigará en el mismo sentido a quien, en su calidad de servidor público obtenga el material. En este caso se perseguirá por denuncia de la ofendida.

El documento dado a conocer en comisiones refiere que a quien cometa el delito o presione para elaborar o mandar imágenes o grabaciones de voz o contenidos audiovisuales con contenido erótico y sexual, será castigado hasta con siete años de prisión y 400 UMAS.

Si las víctimas son menores de edad o que no tengan capacidad de comprender el significado del hecho se perseguirá de oficio y se eleva la pena al doble, es decir hasta 12 años en algunos casos.

Los integrantes de todas las fracciones consideraron positivo atender este tema. Lorena Marín Moreno, del PRI indicó que esta conducta ya se castiga en los estados de Puebla, Oaxaca, Chiapas y Zacatecas. Además se analiza en Baja California, Hidalgo y Veracruz, por lo cual el Estado de México está en falta.

Karina Labastida argumentó que es necesario atender este tema por la frecuencia de casos y el daño sicológico que causa, sobre todo a mujeres, con casos donde llegan hasta el suicidio.

LC

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